CAPITULO XI INCISO 3 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 125
Facúltase al Poder Ejecutivo para donar al Club Naval el inmueble y sus
mejoras que actualmente dicha institución social mantiene en usufructo,
ubicado en la 10ª Sección Judicial del departamento de Montevideo,
Padrones Nº 101.373, 173.922, 173.923, 173.924, 173.925, 173.935 al
173.940 inclusive, con una superficie de 12.094 metros cuadrados.
La escritura de traslación de dominio se otorgará por ante la Escribanía
de Gobierno y Hacienda, libre de toda clase de impuestos, tributos y
tasas.