CAPITULO XI INCISO 3 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 105
A partir de la promulgación de la presente ley, quedan sin efecto los
paréntesis que establecen funciones específicas de cargos militares de
Personal Subalterno del Programa 1.02. El Comando General del Ejército
distribuirá dichas funciones al personal dentro de los Escalafones para
asegurar el mejor cumplimiento de su misión.