LEY DE CHEQUES




Promulgación: 08/08/1975
Publicación: 14/08/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 343
Reglamentada por: Decreto Nº 730/975 de 30/09/1975.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DEL CHEQUE COMUN

Artículo 67

Las infracciones de las instituciones bancarias a las disposiciones de la
presente ley serán sancionadas por el Banco Central del Uruguay, con
multas de hasta un 100% (cien por ciento) del capital mínimo autorizado
para el funcionamiento de las mismas, por resolución fundada apreciando
las circunstancias del caso.
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