El Poder Ejecutivo con el asesoramiento del Banco de Previsión Social,
Consejo Central de Asignaciones Familiares y ASSE, convendrá en el término
de tres meses un ajuste de sus respectivas deudas y reintegros por los
servicios que se prestan mutuamente, debiendo a partir de esa fecha
llevarse una cuenta corriente con saldos al día de las deudas reales. (*)