REPARACION A CAUSAHABIENTES DE FUNCIONARIOS POLICIALES FALLECIDOS




Promulgación: 16/07/1975
Publicación: 23/07/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 76
Referencias a toda la norma

Artículo 2

(Disposición transitoria).- Los montos fijados por la presente ley
alcanzarán a todos aquellos casos que a la fecha de vigencia de ella se
encuentren pendientes de resolución administrativa así como a aquellos
respecto de los cuales no se ha formalizado la solicitud correspondiente y
cualquiera haya sido la fecha en que se produjo el hecho que diera lugar a
la referida prestación.
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