JUEGOS DE AZAR. CARRERAS DE CABALLOS




Promulgación: 17/12/1974
Publicación: 26/12/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1661
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Se considerará coautor de los delitos previstos en los artículos
anteriores al que, sin intervenir directamente en el negocio o apuesta,
actúe como capitalista asegurando con su solvencia económica el pago en
caso de acierto.


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