LEY DE ESTUPEFACIENTES. LISTAS I Y II DE LA CONVENCION UNICA DE NUEVA YORK. LISTA I SOBRE SUSTANCIAS SICOTROPICAS VIENA. MEDIDAS CONTRA EL COMERCIO ILICITO DE DROGAS




Promulgación: 31/10/1974
Publicación: 11/11/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1135
Reglamentada por:
      Decreto Nº 282/020 de 05/10/2020,
      Decreto Nº 398/999 de 15/12/1999,
      Decreto Nº 454/976 de 20/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II

Artículo 20

   A los efectos de la preparación de programas de educación popular,
la Comisión Nacional de Lucha contra las Toxicomanías podrá organizar las 
encuestas e investigaciones que se considere necesarias, de acuerdo con 
las reglamentaciones respectivas.
Los organismos públicos y privados deberán prestar la más amplia 
colaboración para la preparación y desarrollo de dichos programas.
Las personas jurídicas que fueren omisas en prestar la debida 
colaboración podrán perder los auxilios o subvenciones que recibieren del Estado.
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