Modifícase el artículo 14 del Texto Ordenado de las Leyes Nos.
13.963, de 22 de mayo de 1971 y 14.050, de 23 de diciembre de 1971, por Decreto Nº 75/972, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 14.- La Jefatura de Policía de Montevideo estará integrada por los siguientes Subprogramas:
Subprograma 1.- Con las siguientes dependencias:
A)Jefe y Sub-Jefe de Policía.
B)Dirección de Secretaría General.
C)Asesoría Letrada.
D)Oficina de Informaciones Sumarias.
E)Dirección de Personal.
F)Junta Calificadora Departamental para personal subalterno.
Subprograma 2.- La "Dirección de Coordinación Ejecutiva" con las
siguientes dependencias:
A)Dirección de Seguridad.
B)Dirección de Investigaciones.
C)Dirección de Grupos de Apoyo.
Subprograma 3.- "Dirección de Coordinación Administrativa" con las
siguientes dependencias:
A)Dirección de Administración.
B)Dirección de Asuntos Judiciales.
C)Dirección de Contabilidad.
D)Dirección de Tesorería.
E)Dirección de Identificación Civil.
Subprograma 4.- Regimiento Guardia Republicana con las siguientes
dependencias:
A) Comando de Regimiento: Jefe y 2° Jefe.
B) Estado Mayor del Regimiento.
C) Guardia Metropolitana.
D) Guardia de Coraceros.