LEY ORGANICA POLICIAL




Promulgación: 23/07/1974
Publicación: 30/07/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 207
Reglamentada por: Decreto Nº 394/975 de 20/05/1975.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   El Banco de Previsión Social prestará asistencia técnica y administrativa a solicitud del Servicio de Retiros y Pensiones 
Policiales.
   Este podrá convenir con dicho Servicio, la coordinación o ejecución 
de ciertas actividades tales como la mecanización de procesos y sistemas operativos, el pago de prestaciones, así como la atención de determinados
servicios en el interior del país, a través de las sucursales y agencias del mismo.
   Tal asistencia no generará gasto alguno para el Servicio de Retiros y 
Pensiones Policiales. (*)
Ayuda