CAPITULO I - DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CUALQUIERA FUERE SU
DESTINO SECCION 2 - CONTRATOS CON PLAZO CONTRACTUAL PENDIENTE
Artículo 8
Hasta la entrega de la finca, el precio así determinado conforme
al artículo anterior, se actualizará automáticamente en la forma prevista
en el inciso segundo del artículo 3º de la presente ley. (*)