LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y SUBURBANOS




Promulgación: 04/07/1974
Publicación: 22/07/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 24
Ver vigencia: Ley Nº 18.795 de 17/08/2011 artículo 25.
Referencias a toda la norma

Artículo 36-BIS

   El ex concubino podrá desalojar de la vivienda de su propiedad o 
sobre la que posee otro derecho real, a la persona con la que habitó en
unión concubinaria, en los plazos y con la limitación de excepciones previstas en el artículo 35 de esta ley. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 18.246 de 27/12/2007 artículo 26.
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