CAPITULO XIV INCISO 2 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 99
El Programa 8.13 "Comisión de Productividad, Precios e Ingresos", pasará a integrar el Inciso 2 (Presidencia de la República).
La Contaduría General de la Nación efectuará los ajustes que sean
necesarios para dar cumplimiento al inciso 1°.