RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1971 Y 1972




Promulgación: 30/04/1974
Publicación: 09/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1082
Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 Derogada/o de 27/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XVII - AMNISTIA TRIBUTARIA EXTRAORDINARIA
NORMAS SOBRE BLANQUEO

Artículo 543

  Establécese un régimen de regularización de ingresos, al cual podrán 
acogerse los contribuyentes de tributos nacionales que tengan plazo para el pago vencido al 31 de marzo de 1974.
  Esta disposición comprenderá únicamente los ingresos que no hayan sido 
declarados al 31 de marzo de 1974 y siempre que no exista actuación 
inspectiva alguna al respecto.


(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 561/974 de 11/07/1974.
Ver en esta norma, artículo: 548.
Referencias al artículo
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