Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 de 27/07/1976.
CAPITULO XV - FONDO NACIONAL DE INVERSIONES
A partir de la vigencia de la presente ley el Programa 7.08 "Inversiones, Construcciones y Equipamiento de los Servicios Agropecuarios" pasa a ser el Programa 7.17 con igual denominación.