RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1971 Y 1972




Promulgación: 30/04/1974
Publicación: 09/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1082
Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 Derogada/o de 27/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XIV
INCISO 19 - TIBUNAL DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Artículo 434

  El Defensor de Oficio en materia Contencioso-Administrativa podrá 
ejercer libremente su profesión de abogado, salvo ante el Tribunal de lo 
Contencioso-Administrativo y en todos los asuntos en que estén 
interesados funcionarios y ex funcionarios públicos en cualquier reclamación de esa naturaleza.

                              

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