RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1971 Y 1972




Promulgación: 30/04/1974
Publicación: 09/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1082
Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 Derogada/o de 27/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XIV
INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 415

  Fíjanse a partir del 1.o de enero de 1974, las partidas a que se 
refiere el artículo 474 de la ley número 14.106, de 14 de marzo de 1973 correspondientes al Rubro 0 - Subrubro 07 - Renglón 072, con los destinos y montos anuales que se expresan a continuación:

  Programa 03 - (Para Juzgados Letrados de Instrucción, de Aduana y de 
Menores) - $ 9:000.000 (nueve millones de pesos) anuales, para tareas 
extraordinarias de asistentes en la recepción de declaraciones.
  Programa 04 - (Para Juzgados Letrados del Interior) $ 9:408.000 (nueve 
millones cuatrocientos ocho mil pesos) anuales, para tareas extraordinarias de asistentes en la recepción de declaraciones en materia penal.

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