CAPITULO XIV INCISO 5.07 - DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS
Artículo 233
Declárase de utilidad pública la expropiación de los inmuebles
padrones urbanos Nos. 3056 (tres mil cincuenta y seis) anexo 3073 (tres mil setenta y tres) y 3043 (tres mil cuarenta y tres), del Departamento
de Montevideo, necesarios para la instalación de Oficinas de la Dirección
General Impositiva.