RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1971 Y 1972




Promulgación: 30/04/1974
Publicación: 09/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1082
Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 Derogada/o de 27/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XIV
INCISO 4 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 213

    El personal subalterno de policía ejecutiva con excepción de los cadetes, percibirá mensualmente por concepto de compensación por alimentación (rancho efectivo), el equivalente al 15% (quince por ciento) del sueldo básico del Agente de Segunda. (*)


(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículo 198.
Redacción dada anteriormente por: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 
artículo 164.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículo 164, Decreto Ley Nº 14.189 de 30/04/1974 artículo 213.
Referencias al artículo
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