CAPITULO XIV INCISO 2 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 107
Autorízase a la Presidencia de la República a contratar, para desempeñar funciones en la Unidad Ejecutora Comisión de Productividad, Precios e Ingresos (COPRIN) hasta cuatro técnicos, cuatro funcionarios semitécnicos y dos analistas.
La erogación resultante será financiada con cargo al Renglón 0.21 de
la referida Unidad Ejecutora.
A tales efectos se incrementará dicho Renglón en la suma de $ 58:000.000 (cincuenta y ocho millones de pesos) anuales.