RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1971 Y 1972




Promulgación: 30/04/1974
Publicación: 09/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1082
Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 Derogada/o de 27/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XIV
INCISO 2 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Artículo 103

   Extiéndese para su aplicación por COMIPAL lo dispuesto por los artículos 31 y 32 de la ley N.o 13.640, de 26 de diciembre de 1967. 

   Las cantidades que se dispongan para el pago de diferencias de sueldo 
(Renglón 079) serán tomadas de la partida que se autoriza para el Renglón 021 el que quedará automáticamente disminuido en la cifra que se utilice 
a ese efecto.

   El Poder Ejecutivo dará cuenta oportunamente al Organo Legislativo de la aplicación de los artículos anteriores.

Referencias al artículo
Ayuda