TITULO II - DEL MANDO SUPERIOR DE LAS FUERZAS ARMADAS Y SUS ORGANOS CAPITULO 2 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 9
El Ministerio de Defensa Nacional está integrado por los siguientes órganos:
A) De Gobierno y Administración.
1) Secretaría de Estado.
B) De Asesoramiento, Planificación y Ejecución Conjunta.
1)Junta de Comandantes en Jefe de la que dependen:
a) (*)
b) (*)
c) (*)
d) (*)
e) (*)
f) (*)
C) De Ejecución.
1) Ejército Nacional.
2) Armada Nacional.
3) Fuerza Aérea Uruguaya.
D) Dependientes directamente del Ministerio de Defensa Nacional
1. Justicia Penal Militar.
2. Tribunal Superior de Ascensos y Recursos de las Fuerzas
Armadas.
3. Comisión Calificadora de los Servicios Generales Comunes a las
Fuerzas Armadas.
4. Dirección General de los Servicios.
5. Servicio Nacional de Búsqueda y Salvamento.
6. Instituto Antártico Uruguayo.
7. Dirección Nacional de Pasos de Frontera.
8. Dirección Nacional de Meteorología. (*)
(*)Notas:
Literal B), numeral 1), apartados a), b), c), d), e) y f) derogado/s por:
Ley Nº 19.775 de 26/07/2019 artículo 173.
Literal d) redacción dada por: Decreto Ley Nº 15.420 de 27/06/1983
artículo 1.
Literal B), numeral 1º), apartado b) redacción dada anteriormente por:
Decreto Ley Nº 15.663 de 30/10/1984 artículo 1.
Reglamentado por: Decreto Nº 307/974 de 23/04/1974.
Ver en esta norma, artículo:50.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 14.157 de 21/02/1974 artículo 9.