La condición de reservista en instrucción impone los deberes y
confiere los derechos siguientes:
A) Deberes fundamentales:
1) La obediencia a las leyes, a los reglamentos y a las decisiones
superiores mientras se encuentran en funciones de carácter militar.
2) La aceptación del destino, cargo o comisión.
3) El ejercicio de las facultades de mando y disciplinarias sobre el
personal que se determine en las reglamentaciones, cuando desempeñen
las funciones establecidas en el numeral 3 del inciso B) de este
artículo.
4) Abstenerse de actividades políticas estando en funciones de
carácter militar o en uso de uniforme.
B) Derechos fundamentales:
1) La propiedad del título del grado obtenido en la forma que
determine la ley.
2) El uso del título del grado.
3) El uso del uniforme, emblema, atributos de mando y distintivos
correspondientes a su grado, cuando estén cumpliendo funciones
militares o durante su permanencia en unidades, locales o campos
de instrucción.
4) El desempeño de cargos correspondientes a su grado, durante la
instrucción.
5) Las muestras exteriores de respeto prescriptas por los reglamentos
para su cargo o grado.