A los efectos de las Elecciones Generales para cargos electivos a
realizarse el 29 de Noviembre del corriente año, no regirán los plazos
establecidos por los artículos 83, 91, 239, inciso 2, de la Constitución
de la República y artículo 27 de la ley 9.515 de Gobierno y Administración de los Municipios, de 28 de Octubre de 1935.