SECCION XIV - DE LA HACIENDA PUBLICA
CAPITULO II
Sólo se podrán enviar mensajes complementarios o sustitutivos, en el caso exclusivo del Proyecto de Presupuesto Nacional y sólo dentro de los veinte días a partir de la primera entrada del proyecto a cada Cámara. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 222, 273, 275 y 323.Ayuda