Versión oficial publicada el 31.07.1941, aprobada por la Comisión
Revisora designada en el año 1933 y por la
Comisión de Códigos de la Cámara de Representantes .
Aprobado/a por: Ley Nº 10.024 de 14/06/1941.
Los establecimientos rurales cuyo principal objeto es el cuidado de
ganado, se denominan ganaderos; aquellos que tienen por principal objeto
el cultivo de la tierra se denominan agrícolas.