APROBADO POR LEY N° 10.024




Promulgación: 14/06/1941
Publicación: 28/06/1941
Versión oficial publicada el 31.07.1941, aprobada por la Comisión       
          Revisora designada en el año 1933 y por la
      Comisión de Códigos de la Cámara de Representantes

. Aprobado/a por: Ley Nº 10.024 de 14/06/1941. Ver en esta norma, artículo 290
(vigencia del Código Rural de 1875).

SECCION II
CAPITULO IV - CERTIFICADOS-GUIAS

Artículo 186

   Los Comisarios de policía conservarán los certificados-guías que les 
sean remitidos por los expendedores de su sección por el tiempo que determine el Poder Ejecutivo y después los remitirán por intermedio de 
las Jefaturas respectivas a la Sección de Certificados-guías de la 
Oficina de Marcas y Señales, donde se archivarán.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 192.
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