Versión oficial publicada el 31.07.1941, aprobada por la Comisión
Revisora designada en el año 1933 y por la
Comisión de Códigos de la Cámara de Representantes .
Aprobado/a por: Ley Nº 10.024 de 14/06/1941.
Los Comisarios de policía conservarán los certificados-guías que les
sean remitidos por los expendedores de su sección por el tiempo que determine el Poder Ejecutivo y después los remitirán por intermedio de
las Jefaturas respectivas a la Sección de Certificados-guías de la
Oficina de Marcas y Señales, donde se archivarán.