APROBADO POR LEY N° 19.293




Promulgación: 19/12/2014
Publicación: 09/01/2015
Aprobado/a por: Ley Nº 19.293 de 19/12/2014.
Referencias a toda la norma

LIBRO III
DEL PROCESO DE EJECUCIÓN
TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I - OBJETO Y PROCEDIMIENTO

Artículo 287

   (Objeto). La actividad procesal de ejecución comprende los actos destinados a promover el cumplimiento de las condenas penales y el trámite y decisión de las cuestiones sobrevinientes relativas a las penas y a las medidas de seguridad.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 295 - BIS, 316 y 403 (vigencia).
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