LIBRO I
DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO V - DE LA ACTIVIDAD PROCESAL
CAPÍTULO II - NORMAS SOBRE INFORMACIÓN
Artículo 113
(Derechos del imputado).
113.1 Toda persona, a la que un medio masivo de comunicación haya atribuido la calidad de imputada en un proceso penal, tiene derecho a que se publique gratuitamente en nota de similares características, información relativa a su sobreseimiento, absolución o clausura del proceso, cualquiera fuera la razón de la misma.
113.2 Si el medio de información se negare a ello, el interesado podrá acudir al procedimiento establecido en la ley para el ejercicio del derecho de rectificación o de respuesta.