APROBADO POR LEY N° 19.293




Promulgación: 19/12/2014
Publicación: 09/01/2015
Aprobado/a por: Ley Nº 19.293 de 19/12/2014.
Referencias a toda la norma

LIBRO I
DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO IV - DE LA ACCIÓN CIVIL
CAPÍTULO II - EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DE OBLIGATORIEDAD

Artículo 104

   (Relación entre los procesos civil y penal). La independencia señalada en el artículo anterior comprenderá la totalidad de los procesos civil y penal, incluyendo los correspondientes fallos y sin perjuicio de lo que se establece en el artículo siguiente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 103, 105 y 403 (vigencia).
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