APROBADO POR LEY Nº 17.823




Promulgación: 07/09/2004
Publicación: 14/09/2004
Aprobado/a por: Ley Nº 17.823 de 07/09/2004.
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - DE LOS ALIMENTOS

Artículo 55

 (Modificación de la obligación alimentaria).- Los alimentos podrán ser 
objeto de aumento o de reducción, si se modifica la situación económica 
del deudor o las necesidades del acreedor. Se tramitarán por el 
procedimiento establecido en los artículos 346 y 347 del Código General 
del Proceso.
Referencias al artículo
Ayuda