APROBADO POR LEY Nº 17.823




Promulgación: 07/09/2004
Publicación: 14/09/2004
Aprobado/a por: Ley Nº 17.823 de 07/09/2004.
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

Referencias a toda la norma

CAPITULO XIX

Artículo 223

 (Nueva denominación).- A partir de la promulgación de este Código, el 
Instituto Nacional del Menor (INAME) pasará a denominarse "Instituto del 
Niño y Adolescente del Uruguay" (INAU), manteniendo su carácter de 
servicio descentralizado a todos sus efectos y competencias.
Desde la publicación oficial de este Código, se incluirá en el texto la 
denominación del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU).

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