Código de la Niñez y la Adolescencia N° 17823
APROBADO POR LEY Nº 17.823
Promulgación: 07/09/2004
Publicación: 14/09/2004
Aprobado/a por: Ley Nº 17.823 de 07/09/2004.
Ver vigencia:
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.
CAPITULO XIII - DE LA PREVENCION ESPECIAL
III - Espectáculos y centros de diversión
Artículo 190
(Recurribilidad).- La sentencia podrá ser apelada ante el Tribunal de
Apelaciones de Familia respectivo, cuya decisión hará cosa juzgada.
Ayuda