APROBADO POR LEY Nº 17.823




Promulgación: 07/09/2004
Publicación: 14/09/2004
Aprobado/a por: Ley Nº 17.823 de 07/09/2004.
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Artículo 10

 (Derecho del niño y adolescente con capacidad diferente).- Todo niño y 
adolescente, con capacidad diferente psíquica, física o sensorial, tiene 
derecho a vivir en condiciones que aseguren su participación social a 
través del acceso efectivo especialmente a la educación, cultura y 
trabajo.
Este derecho se protegerá cualquiera sea la edad de la persona.
Referencias al artículo
Ayuda