APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES PRIMERA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL TITULO I - DE LAS CAUSAS EFICIENTES DE LAS OBLIGACIONES CAPITULO I - DE LOS CONTRATOS EN GENERAL SECCION II - DE LOS REQUISITOS ESENCIALES PARA LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOS 4º - DE LA CAUSA PARA OBLIGARSE EN LOS CONTRATOS
Artículo 1288
La obligación y por consiguiente el contrato que se funda en una causa
falsa o ilícita, no puede tener efecto alguno.
La causa es ilícita cuando es prohibida por la ley o contraria a las
buenas costumbres o al orden público.
Así, la promesa de dar algo en pago de una deuda que se creía existir,
pero que no existe, tiene una causa falsa; y la promesa de dar algo en
recompensa de un crimen o de un hecho inmoral se funda en una causa
ilícita.
Habrá también causa ilícita cuando una de las partes prometiere dar
algo a la otra por que cumpla con el deber que le impone de antemano la
ley o la moral.