APROBADO POR LEY Nº 16.603




Promulgación: 19/10/1994
Publicación: 21/11/1994
Aprobado/a por: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994.
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

 APENDICE NORMATIVO
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.

LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES
PRIMERA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL
TITULO I - DE LAS CAUSAS EFICIENTES DE LAS OBLIGACIONES
CAPITULO I - DE LOS CONTRATOS EN GENERAL
SECCION II - DE LOS REQUISITOS ESENCIALES PARA LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOS
4º - DE LA CAUSA PARA OBLIGARSE EN LOS CONTRATOS

Artículo 1288

    La obligación y por consiguiente el contrato que se funda en una causa
falsa o ilícita, no puede tener efecto alguno.
    La causa es ilícita cuando es prohibida por la ley o contraria a las
buenas costumbres o al orden público.
    Así, la promesa de dar algo en pago de una deuda que se creía existir,
pero que no existe, tiene una causa falsa; y la promesa de dar algo en
recompensa de un crimen o de un hecho inmoral se funda en una causa
ilícita.
    Habrá también causa ilícita cuando una de las partes prometiere dar
algo a la otra por que cumpla con el deber que le impone de antemano la
ley o la moral.
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