APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.859




Promulgación: 15/12/1978
Publicación: 11/01/1979
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.859 de 15/12/1978.

Referencias a toda la norma

TITULO III - DEL DOMINIO DE LAS AGUAS
CAPITULO III - DE LAS AGUAS MANANTIALES

Artículo 24

   Las disposiciones de este Capítulo se aplican a las aguas que surgen
naturalmente a la superficie y corren sin llegar a constituir río o
arroyo, aun cuando finalmente se incorporen a ellos.

   Cuando las aguas manantiales llegan a constituir ríos o arroyos, son
aplicables a todo el curso de la corriente las disposiciones relativas a
éstos. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 203 (vigencia).
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