APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.859




Promulgación: 15/12/1978
Publicación: 11/01/1979
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.859 de 15/12/1978.

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TITULO III - DEL DOMINIO DE LAS AGUAS
CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 16

   Las aguas del dominio público y sus álveos pertenecen al Estado, salvo
aquellas que, por sus características o por disposición de una ley, deban
considerarse del dominio público de los Municipios.

   Las demás personas públicas quedan excluidas de la titularidad de
dichos bienes del dominio público. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 203 (vigencia).
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