APROBADO POR LEY Nº 19.276




Promulgación: 19/09/2014
Publicación: 25/09/2014
Aprobado/a por: Ley Nº 19.276 de 19/09/2014 artículo 1.
Referencias a toda la norma

TÍTULO XIV
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y ESPECIALES

Artículo 269

 (Asuntos en trámite).-
1. Los procedimientos establecidos en este Código se aplicarán a los
asuntos en trámite siempre que no signifique retrotraer etapas ya
cumplidas por el procedimiento anterior. No regirán para los recursos
interpuestos ni para las diligencias ni plazos que hubieren tenido
principio de ejecución o empezado a correr antes de la entrada en vigor
del presente Código.
2. Las dependencias de la Dirección Nacional de Aduanas remitirán al
Juzgado competente los expedientes en trámite que tengan a su
conocimiento, dentro de los treinta días desde la entrada en vigencia de
este Código.

(*)Notas:
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.394 de 20/05/2016 artículo 1,
      Ley Nº 19.322 de 29/05/2015 artículo 1.
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