TÍTULO XIII
RÉGIMEN INFRACCIONAL CAPÍTULO IV
PROCESO INFRACCIONAL ADUANERO SECCIÓN V
DISPOSICIONES PROCESALES GENERALES
Artículo 257
(Integración de las normas procesales).- En todo lo no previsto en el
presente Código regirán las disposiciones establecidas por el Código
General del Proceso, Ley N° 15.982, de 18 de octubre de 1988, y leyes que
lo modifican, en lo que les fuere aplicable y en cuanto sea compatible.
(*)Notas:
Ver vigencia:
Ley Nº 19.394 de 20/05/2016 artículo 1,
Ley Nº 19.322 de 29/05/2015 artículo 1.