Aprobado/a por: Ley Nº 19.276 de 19/09/2014 artículo 1.
TÍTULO IX REGÍMENES ADUANEROS ESPECIALES
CAPÍTULO X TRÁFICO FRONTERIZO
(Exclusiones).- Estarán excluidos del régimen previsto en los artículos precedentes, la mercadería y los vehículos que sean utilizados con fines comerciales o industriales.Ayuda