APROBADO POR LEY Nº 19.276




Promulgación: 19/09/2014
Publicación: 25/09/2014
Aprobado/a por: Ley Nº 19.276 de 19/09/2014 artículo 1.
Referencias a toda la norma

TÍTULO VII
DESTINO ADUANERO DE EXPORTACIÓN
CAPÍTULO II EXPORTACIÓN DEFINITIVA

Artículo 109

 (Definición).-
1. La exportación definitiva es el régimen aduanero por el cual se permite
la salida del territorio aduanero, con carácter definitivo, de la
mercadería de libre circulación, sujeta al pago de los tributos a la
exportación, cuando corresponda, y al cumplimiento de todas las
formalidades aduaneras exigibles.
2. La mercadería sometida al régimen de exportación definitiva estará
sujeta a las prohibiciones o restricciones aplicables a la exportación.
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