APROBADO POR LEY Nº 19.276




Promulgación: 19/09/2014
Publicación: 25/09/2014
Aprobado/a por: Ley Nº 19.276 de 19/09/2014 artículo 1.
Referencias a toda la norma

TÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES Y DEFINICIONES BÁSICAS
CAPÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 1

 (Ámbito de aplicación).-
1. El presente Código y demás disposiciones que integran la legislación
aduanera se aplicarán en todo el territorio de la República Oriental del
Uruguay y en los enclaves concedidos a su favor.
2. Por territorio aduanero se entiende el ámbito geográfico dentro del
cual es aplicable la legislación aduanera.
3. No integran el territorio aduanero los exclaves concedidos a favor de
otros países o bloques de países.
4. Este Código se aplicará sin perjuicio de los tratados internacionales
que se encuentren vigentes a la fecha de entrada en vigencia del mismo.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 247/018 de 13/08/2018 artículo 1.
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