El 4 de agosto próximo se realizará el Acto de Adhesión a la interposición del recurso de referéndum contra la Ley N° 19.684, de 26 de octubre de 2018. La adhesión se realizará con una sola hoja que contendrá la leyenda "INTERPONGO EL RECURSO DE REFERÉNDUM CONTRA LA LEY N° 19.684, DE 26 DE OCTUBRE DE 2018. (Ley Integral para personas trans)".


Fuente del Texto: CORTE ELECTORAL

   CIRCULAR N° 10442

   2019-18-1-010128
   Montevideo, 3 de junio de 2019.

   ACTO DE ADHESIÓN A LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE REFERÉNDUM CONTRA LA LEY N° 19.684, DE 26 DE OCTUBRE DE 2018.

   INTRODUCCIÓN
   El 4 de agosto próximo se realizará el Acto de Adhesión a la interposición del recurso de referéndum contra la Ley N° 19.684, de 26 de octubre de 2018.
   La adhesión se realizará con una sola hoja que contendrá la leyenda "INTERPONGO EL RECURSO DE REFERÉNDUM CONTRA LA LEY N° 19.684, DE 26 DE OCTUBRE DE 2018. (Ley Integral para personas trans)".

   1.- DEL LUGAR DE ACTUACIÓN
   En cada circuito electoral funcionará una Comisión Receptora de Adhesiones, en el local previamente designado por la Corte Electoral.

   2.- DE LA COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES RECEPTORAS DE ADHESIONES
   Las Comisiones Receptoras se integrarán con tres ciudadanos, quienes cumplirán los cometidos de Presidente, Secretario y Vocal.
   Las designaciones serán efectuadas por la correspondiente Junta Electoral y recaerán en funcionarios públicos y escribanos públicos que tengan vigente su inscripción cívica en el departamento en que deban actuar.
   Con el objeto de asegurar la integración y normal funcionamiento de dichas Comisiones, cada Junta Electoral nombrará tres titulares y tres suplentes ordinales los que deberán sustituir, de acuerdo al orden de su designación, a cualquiera de los titulares inasistentes.
   Los funcionarios y escribanos públicos designados para integrar Comisiones Receptoras deberán asistir a los cursos de capacitación que se impartirán por funcionarios electorales. Las INASISTENCIAS a dichos cursos harán perder el derecho al uso de la licencia o a la retribución que pudiera generarse por su actuación en la Comisión Receptora.
   Las irregularidades cometidas en el transcurso del acto de adhesión o durante el escrutinio, imputables a negligencia, omisión o desconocimiento de las leyes electorales, sin perjuicio de las penalidades establecidas para los casos de delito electoral, motivarán comunicación escrita en cada caso, por la Corte Electoral, a la dependencia correspondiente, a efecto de ser agregada al legajo personal del funcionario, y ser tenida en cuenta como un demérito en la formación del puntaje para el ascenso.
   Los integrantes de las Comisiones Receptoras, sean o no funcionarios públicos, deberán actuar con imparcialidad y tener presente que su designación se ha efectuado con total prescindencia de su filiación política.

   3.- DEL QUORUM
   Las Comisiones Receptoras deberán actuar con la totalidad de sus miembros, pero podrán adoptar resoluciones por mayoría.
   No obstante, TRATÁNDOSE DE LA ADMISIÓN DE ADHESIONES, bastará que un miembro interponga una observación, para que la misma solo pueda admitirse en calidad de observada.

   4.- DE LAS DISCORDIAS
   Cuando se produzcan discordias durante el acto de adhesión, el miembro disidente podrá fundarlas en el ACTA DE CLAUSURA.
   Las discordias que se produzcan durante el escrutinio se asentarán en el ACTA correspondiente.

   5.- DEL HORARIO
   La recepción de adhesiones empezará a la hora ocho y finalizará a la hora diecinueve y treinta.
   NO PODRÁ SUSPENDERSE EL ACTO NI INTERRUMPIRSE LA RECEPCIÓN DE ADHESIONES POR NINGÚN CONCEPTO.

   6.- DE LA PRÓRROGA DEL HORARIO
   Si al llegar la hora diecinueve y treinta la Comisión Receptora comprobara que aún hay comparecientes, que no podrían adherirse por falta de tiempo, se prorrogará el término al solo efecto de que lo hagan dichos comparecientes SIN QUE LA PRÓRROGA PUEDA EXCEDER DE UNA HORA. En los circuitos URBANOS los comparecientes SIEMPRE DEBERÁN PERTENECER AL CIRCUITO, aún en la hora de prórroga.
   En los circuitos RURALES durante todo el horario, incluida la hora de prórroga, podrán adherir aquellos comparecientes que no pertenezcan al circuito, siempre que su inscripción cívica corresponda a una circunscripción rural del departamento y exhiban su credencial cívica.

   7.- DE LA INSTALACIÓN Y CONSTITUCIÓN
   El día de la convocatoria, NECESARIAMENTE A LA HORA SIETE, deberán concurrir al local correspondiente TODOS LOS MIEMBROS DESIGNADOS TITULARES Y SUPLENTES, con la notificación realizada por la Junta Electoral y su credencial cívica, a fin de proceder a la instalación de la Comisión Receptora y dar cumplimiento a las tareas previas a la recepción de adhesiones. NO PODRÁ ACTUAR ni adherir en ese circuito, el miembro o la custodia, cuya inscripción cívica no pertenezca al departamento. Tampoco podrá hacerlo si no presenta su credencial cívica, salvo que su inscripción corresponda al circuito para el cual ha sido designado.
   LOS MIEMBROS TITULARES QUE AL LLEGAR ESA HORA NO SE HUBIERAN HECHO PRESENTES, SERÁN SUSTITUIDOS INMEDIATAMENTE POR LOS SUPLENTES ORDINALES QUE CORRESPONDA, siguiendo el orden de designación de éstos y sin alterar el orden en que aquellos fueron originalmente designados. De todo ello deberá quedar la debida constancia en el acta de instalación. La llegada de cualquiera de los miembros designados después de la hora límite establecida, SE CONSIDERARÁ COMO INASISTENCIA, y no se le permitirá integrar la Comisión.
   La comprobación de estos extremos, consignada en actas, habilitará a la Corte Electoral para librar las comunicaciones del caso a las oficinas de origen de los funcionarios, denunciando lo ocurrido, a fin de que se apliquen las sanciones legales: UN MES DE SUELDO DE DESCUENTO para los funcionarios públicos que será retenido de sus haberes. Los escribanos públicos que incurran en idéntica omisión serán sancionados con una MULTA EQUIVALENTE a sesenta unidades reajustables.
   Los miembros suplentes deben permanecer en el local hasta que queden instaladas la totalidad de las Comisiones Receptoras que han de funcionar en él. Se recurrirá a ellos, en el orden en que fueron designados, para integrar aquellas Comisiones que no hayan podido hacerlo con sus titulares y suplentes. No se les extenderá la constancia que les permite gozar de los días de licencia hasta que hayan quedado integradas la totalidad de las Comisiones Receptoras del local.
   Si los miembros presentes, titulares o suplentes, no llegaran a tres, se recurrirá a cualquier suplente o suplentes presentes en el local que no integren otra Comisión -preferentemente a los que correspondan al circuito inmediatamente anterior o posterior al que se trate de integrar- o se invitará a cualquier ciudadano o ciudadanos para que ocupen provisoriamente los puestos de los ausentes e inmediatamente comunicarán lo ocurrido a la Junta Electoral, debiendo dejar la necesaria constancia en el acta de instalación.
   En ausencia de todos los miembros designados titulares, suplentes y suplentes de otras Comisiones Receptoras, la Comisión Receptora recién podrá instalarse luego de que la Junta Electoral haya designado por lo menos uno de los tres miembros.
   Si en el transcurso del acto un integrante de la Comisión se viera imposibilitado de continuar actuando por razones de fuerza mayor, se invitará a un ciudadano para que lo sustituya provisoriamente y se dará cuenta de inmediato a la Junta Electoral para la designación definitiva. De esta sustitución se dejará constancia en el acta de clausura.
   8.- DE LA PRESIDENCIA
   La presidencia de la Comisión Receptora será ejercida por el primer titular designado por la Junta Electoral. En caso de ausencia de éste, por el suplente que corresponda de acuerdo al orden de designación.
   COMETIDOS DEL PRESIDENTE:
   1) Dirigir el trabajo de la Comisión Receptora.
   2) Depositar en el cuarto secreto las hojas de adhesión remitidas a aquella. Esta operación la realizará el Presidente acompañado del Secretario. Las hojas de adhesión se irán depositando en forma gradual y prudencialmente sobre una mesa, escritorio, estantería o similares. Se verificará en el transcurso de la adhesión si es necesaria su reposición.
   3) Recibir la credencial cívica presentada por el compareciente enunciando en alta voz su serie, número y el nombre, a fin de que el Vocal pueda comprobar si figura en la nómina de habilitados del circuito (padrón).
   4) Comprobar si el compareciente figura en el cuaderno de hojas electorales del circuito (legajo) y junto con los demás miembros y delegados verificar si el documento le pertenece. A tales efectos, deberá cerciorarse de su identidad mediante el cotejo de las fotografías de la credencial cívica y de la hoja electoral -verificando que sean las mismas- y por la comparación con la persona que se presenta a adherir. Tratándose de la misma persona no se tomarán en cuenta las aparentes diferencias entre las fotos y el compareciente que sean producto de la antigüedad de aquéllas con respecto a su edad actual.
   En caso de discrepancia o duda, cualquiera de los miembros de la Comisión podrá hacer uso de sus facultades legales, sin perjuicio de la actuación de los delegados.
   5) Entregar la credencial cívica al Secretario para que éste proceda a anotar los datos en la lista ordinal luego de comprobar que ya no se adhirió.
   6) Ejercer la policía del acto eleccionario. Las autoridades deberán estar a sus órdenes para todo lo que se refiera al mantenimiento del orden de la convocatoria y a la seguridad de la libertad de expresión.
   7) Firmar necesariamente los sobres de ADHESIÓN, las hojas de identificación u observación, las actas que labre la Comisión Receptora, la planilla especial de adhesiones observadas y toda hoja de ADHESIÓN que se anule durante el escrutinio.
   8) Inspeccionar el cuarto secreto cuando lo estime conveniente o lo solicite cualquier delegado, a efectos de comprobar si las hojas de adhesión están en buen estado, y reemplazarlas en caso de haber sido destruidas, sustituidas o adulteradas. Al realizar la inspección podrá ser acompañado por los delegados.
   9) Firmar, junto con el Secretario, el recibo que acredita la entrega de la urna y demás constancias que corresponda otorgar.
   10) Firmar con media firma, conjuntamente con el Secretario, las hojas de adhesión a medida que se vayan extrayendo del sobre.
   11) Expedir, junto con el Secretario y el Vocal las copias del resultado del escrutinio.
   9.- DE LA SECRETARÍA
   La secretaría de la Comisión Receptora será desempeñada por el segundo titular designado por la Junta Electoral (preferentemente escribano público). En caso de ausencia de éste, por el suplente que corresponda de acuerdo al orden de designación.

   COMETIDOS DEL SECRETARIO:
   1) Depositar con el Presidente las hojas de adhesión remitidas a la Comisión Receptora conjuntamente con el material eleccionario dentro de la urna.
   2) Llevar la lista ordinal de comparecientes, llenar las actas: de instalación, de registro de delegados, de clausura y de escrutinio en la forma más prolija posible y firmarlas con el Presidente y el Vocal.
   3) Firmar obligatoriamente los sobres de ADHESIÓN, las hojas de identificación u observación, las actas que labre la Comisión Receptora, como asimismo toda hoja de ADHESIÓN que se anule durante el escrutinio.
   4) Firmar, conjuntamente con el Presidente de la Comisión Receptora, los recibos y copias del acta de escrutinio destinadas a la Junta Electoral y a los delegados.
   5) Firmar con media firma, conjuntamente con el Presidente, las hojas de adhesión a medida que se vayan extrayendo del sobre.

   10.- DEL VOCAL
   El cargo de Vocal de la Comisión Receptora corresponderá al tercer titular designado por la Junta Electoral. En caso de ausencia de éste, por el suplente que corresponda de acuerdo al orden de designación.

   COMETIDOS DEL VOCAL:
   1) Verificar si el compareciente figura en la nómina de habilitados (padrón) del circuito y en tal caso señalarlo con un tilde y establecer el número que le corresponde al compareciente en la lista ordinal.
   2) Llenar en forma las hojas de identificación u observación y tomar correctamente la impresión digital del compareciente cuando la adhesión es observada por identidad.
   3) Llevar la "planilla especial de adhesiones observadas" a medida que se vayan recibiendo y firmarla al final junto con los demás integrantes de la Comisión Receptora.
   4) Firmar el acta de instalación, el acta de registro de delegados, la lista ordinal de comparecientes, de clausura, de escrutinio y las copias del acta de escrutinio.

   11.- DE LOS DELEGADOS
   Los partidos políticos y los representantes acreditados ante la Corte Electoral de los promotores de la interposición del recurso de referéndum tendrán derecho a designar delegados generales y un delegado ante cada Comisión Receptora.
   Los delegados podrán observar, en el acto, las resoluciones y procedimientos de la Comisión Receptora dejando las constancias correspondientes por escrito, las que se adjuntarán al acta de instalación, de clausura o de escrutinio, según sea del caso. Dichas resoluciones y procedimientos podrán, asimismo, ser reclamados hasta el día hábil siguiente al acto de adhesión ante la Junta Electoral respectiva, que las resolverá conjuntamente con el escrutinio.
   Para actuar como delegado se requieren las mismas condiciones que para ser compareciente.
   Los delegados que, luego del acto de instalación, se presenten para actuar ante la Comisión Receptora, deberán ser incluidos en el registro de delegados (los delegados que hayan firmado el acta de instalación no deberán registrarse nuevamente ante la misma Comisión).
   Delegados Circuitales:
   Las personas designadas por los partidos o los promotores de la interposición del recurso de referéndum para desempeñar ese cometido, deberán acreditarse ante la Comisión Receptora en la que actuarán, exhibiendo un poder firmado por los representantes, además de la credencial cívica.
   Delegados Generales:
   Además de los delegados previstos en el ítem anterior los partidos o los promotores de la interposición del recurso de referéndum podrán designar uno o más delegados generales con facultades de representación ante todas las Comisiones Receptoras que funcionen en el departamento.
   La designación de estos delegados generales se comunicará a la Junta Electoral por escrito firmado y sellado por la autoridad partidaria correspondiente o por uno de los representantes acreditado de los promotores.
   La acreditación será devuelta, firmada por Presidente y Secretario de la Junta Electoral, a fin de ser exhibida ante las Comisiones Receptoras.
   LOS DELEGADOS GENERALES SOLO PODRÁN ADHERIR EN EL CIRCUITO DONDE TIENEN VIGENTE SU CREDENCIAL CÍVICA. No pueden invocar su condición de tales para que se les dé preferencia para adherirse, por lo que deberán respetar el orden de la fila, del mismo modo que cualquier persona (en los circuitos rurales adherirán de acuerdo a las normas generales establecidas para los demás comparecientes).

   12.- DE LA ACTUACIÓN DE LOS DELEGADOS
   Podrán formular todas las observaciones que les merezcan los actos cumplidos por la Comisión, pero les está prohibido discutir con los miembros de la misma o con otros delegados.
   Les está asimismo vedado interrogar a los comparecientes o mantener conversaciones con ellos, dentro del local.
   La Comisión, por unanimidad, puede decidir hacer retirar al delegado que no ajuste su conducta a las normas precedentes.
   Los delegados podrán formular por escrito las discrepancias que pudieren tener con la actuación de la Comisión Receptora.
   Los delegados podrán solicitar que la comparecencia se tome observada cuando la persona no se corresponde con los datos que se atribuye o que resultan de la credencial que exhibe; su solicitud será atendida siempre que la observación sea apoyada por un miembro de la Comisión Receptora.

   13.- DE LAS DILIGENCIAS PREPARATORIAS A LA ADMISIÓN DE COMPARECENCIAS

   La Comisión Receptora, una vez instalada, deberá efectuar las siguientes operaciones:
   A) Verificar si conjuntamente con la urna se entregaron el cuaderno de hojas electorales y la nómina de habilitados (padrón), que corresponden al circuito y si en la misma están contenidos los elementos necesarios para la recepción de adhesiones: sobres (amarillos), cuaderneta, sobres para adhesiones observadas (azules), planchuela para tomar impresiones digitales, hojas de identificación u observación, constancias de actuación, hojas de adhesión y útiles de oficina.
   B) Extraídos todos los elementos de la urna, cerrarla con el o los precintos numerados según corresponda.
   C) Examinar el local en que debe actuar la Comisión.
   D) Depositar en el cuarto secreto una cantidad prudencial de las hojas de adhesión que se remiten conjuntamente con el material eleccionario.
   E) Agregar al acta los poderes entregados por los delegados circuitales.

   14.- DEL ACTA DE INSTALACIÓN

   Para labrar el acta de instalación se deberán llenar los claros de la primera página de la cuaderneta, que contiene las actas y la lista ordinal.
   También se anotarán las observaciones que el acto de la instalación merezca así como todas las demás circunstancias que refieran a la instalación.
   EL ACTA DE INSTALACIÓN DEBERÁ SER FIRMADA OBLIGATORIAMENTE POR LOS TRES MIEMBROS DE LA COMISIÓN RECEPTORA.
   También podrán firmarla los delegados que así lo deseen. Si un delegado formula observaciones, dejará constancia firmada de ellas en el acta (por firma se entiende la firma habitual, no bastando por consiguiente, con rubricar ni hacerlo con iniciales).

   15.- DE LA FIRMA DE LOS SOBRES

   Antes de iniciarse la recepción de adhesiones, el Presidente y el Secretario de la Comisión Receptora deberán firmar una cantidad prudencial de los sobres a utilizar en la convocatoria con su firma usual, no bastando con rubricarlos o establecer las iniciales de sus nombres o apellidos.
   A medida que el Presidente y Secretario de la Comisión Receptora vayan firmando los sobres el Vocal irá llenando en ellos los claros correspondientes a la serie y número del circuito.
   Una vez firmados los sobres, deben colocarse en la caja que los contenía con la tirilla hacia abajo.
   16.- DE LA RECEPCIÓN DE ADHESIONES

   A la hora ocho, EN NINGÚN CASO ANTES DE ESA HORA, la Comisión Receptora dará comienzo a la recepción de las personas que comparezcan para manifestarse, quienes lo harán por riguroso orden de llegada.

   FORMA DE COMPARECER:
   a) Los comparecientes entrarán uno a uno en el local y presentarán su credencial. Cuando pertenezcan al circuito, bastará con que den su nombre y apellido y la serie y número de su inscripción. Para poder adherir necesariamente deberán figurar en el cuaderno de hojas electorales o en el padrón, salvo que presenten su credencial cívica cuya inscripción corresponda al circuito (situación prevista en el siguiente literal c).
   b) La Comisión comprobará la identidad del compareciente por medio de la fotografía de la hoja electoral; su habilitación por medio de la nómina de habilitados (padrón) y por medio de la lista ordinal, que no ha comparecido ya ante ella. Si de dicha verificación surgiere que el compareciente ya ha adherido ante la misma, se rechazará su comparecencia y se ordenará su arresto preventivo.
   POR NINGÚN MOTIVO DEBEN HACERSE ANOTACIONES EN LAS HOJAS ELECTORALES, NI SELLAR, NI DOBLAR, NI RECORTAR SU FOTOGRAFÍA. TAMPOCO DEBE DESENGRAMPARSE EL CUADERNO QUE LAS CONTIENE.
   c) Se admitirá la comparecencia de toda persona que manifieste pertenecer al circuito, siempre que presente su credencial cívica y ésta corresponda a dicho circuito, aunque su hoja electoral no figure en el cuaderno (legajo) ni su nombre en la nómina de habilitados (padrón).
   La Comisión Receptora DEBERÁ OBSERVAR NECESARIAMENTE POR IDENTIDAD a quien comparezca en estas condiciones (la omisión de este requisito constituye una irregularidad que dará mérito a las sanciones correspondientes) y RETENER LA CREDENCIAL CÍVICA DEL COMPARECIENTE a efectos de remitirla en la urna a la Junta Electoral respectiva, para que se proceda, si correspondiere, a la regularización de su documentación electoral. Se expedirá a quien comparezca en las condiciones anteriormente referidas una constancia que acredite que se le retiró la credencial.
   d) El compareciente tomará un sobre abierto de la caja que los contenga, y mostrará a los miembros de la Comisión Receptora el número que lleva impreso en la tirilla. Ni el Presidente, ni ninguno de los otros miembros de la Comisión podrán entregar el sobre al compareciente.
   e) Se anotará en la lista ordinal el nombre y apellido del compareciente, la serie y número de su inscripción y el número de la tirilla del sobre que aquél haya tomado.
   f) Se le invitará a pasar al cuarto secreto para que exprese su voluntad.
   g) El compareciente no podrá permanecer más de dos minutos en el mismo. Si transcurriere ese tiempo, el Presidente sin pasar al área que le asegura su privacidad al adherente, le ordenará salir.
   h) Al salir del cuarto secreto, el compareciente se dirigirá a la Comisión Receptora, exhibirá a sus integrantes el número de la tirilla adherida al sobre y, si coincide con el registrado en la lista ordinal de comparecientes, la desprenderá delante de los miembros de la Comisión y la entregará al Presidente.
   i) Recibida la tirilla se la archivará después de anotar en ella el número de la lista ordinal, que correspondió al compareciente.
   j) Si la comparecencia no ha sido observada, el compareciente, sin más trámite, lo introducirá en la urna.
   17.- DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR CUANDO LA COMPARECENCIA ES OBSERVADA
   La comparecencia puede ser observada por mandato legal o por haberse interpuesto alguna observación por cualquiera de los integrantes de la Comisión Receptora o de un delegado apoyada por un miembro de la Comisión.
   IMPORTANTE: LA COMPARECENCIA OBSERVADA DEBERÁ ANOTARSE POR EL VOCAL EN UNA "PLANILLA ESPECIAL DE ADHESIONES OBSERVADAS", SEGÚN SE INDICARÁ.
   Cuando la comparecencia es observada, después de cumplidas las operaciones a que se refiere el apartado anterior, se llenará una hoja especial, llamada "hoja de identificación u observación", en la que se dejará constancia del nombre y apellido del compareciente, serie y número de su inscripción, circuito y causal de observación. Si la observación es por identidad formulada por un delegado apoyada por un miembro de la Comisión Receptora o efectuada solo por un miembro de ésta, se dejará en la lista ordinal y en la hoja de identificación la constancia: "OBSERVADA POR IDENTIDAD por... (el nombre y apellido de los observantes: delegado y miembro o solo miembro)". SE TOMARÁ IMPRESIÓN DIGITAL.
   ESTA HOJA DEBERÁ SER FIRMADA POR EL PRESIDENTE Y EL SECRETARIO DE LA COMISIÓN RECEPTORA.
   SOLO SI LA OBSERVACIÓN FUERE POR IDENTIDAD, SE DEBE ESTAMPAR LA IMPRESIÓN DÍGITO PULGAR DERECHA DEL COMPARECIENTE. En caso de falta del pulgar derecho, se tomará la impresión del izquierdo, y en defecto también de éste, la de otro dedo que se indicará.
   Si se comprobara que cualesquiera de las impresiones digitales tomadas carece de nitidez, debido al deterioro de la piel, se tomará además la de otro dedo, indicando aquella circunstancia y precisando a que dedos pertenecen las impresiones.
   Se entregará al compareciente la hoja de identificación u observación y un sobre llamado de observación (SOBRE AZUL) en el que, previamente, se anotará el número del circuito, el número que correspondió al compareciente en la lista ordinal, el nombre y apellido del mismo y la serie y número de su inscripción cívica.
   El compareciente colocará la hoja de identificación u observación, y el sobre que contiene su manifestación (SOBRE AMARILLO) dentro del sobre de observación (SOBRE AZUL) y después de cerrado éste, lo introducirá en la urna.
   La hoja de identificación u observación le será entregada al compareciente doblada, de manera tal que las impresiones digitales queden en la parte interior de la hoja. De esta forma se evitará que la tinta dactiloscópica manche el sobre que contiene la expresión del compareciente.
   La Comisión dejará constancia en la lista ordinal, en la columna "OBSERVACIONES", y en el renglón que corresponda al compareciente, que se trata DE COMPARECENCIA OBSERVADA Y DE LA CAUSAL DE OBSERVACIÓN.

   IMPORTANTE:

   La comparecencia observada deberá anotarse por el Vocal en la "PLANILLA ESPECIAL DE ADHESIONES OBSERVADAS". Dicha planilla deberá ser firmada por los integrantes de la Comisión Receptora y los delegados que lo desearen. EL EJEMPLAR BLANCO DE LA "PLANILLA ESPECIAL DE ADHESIONES OBSERVADAS" DEBERÁ ENTREGARSE POR EL PRESIDENTE Y SECRETARIO FUERA DE LA URNA.
   18.- DE LA COMPARECENCIA ANTE LAS COMISIONES RECEPTORAS URBANAS Y SUBURBANAS
   Ante las Comisiones Receptoras que actúen en dichos circuitos solo pueden comparecer:
   1) Quienes pertenezcan al circuito.
   2) Los miembros de la Comisión Receptora, los funcionarios electorales designados para asistirla, que deberán acreditarse en forma, y la custodia, siempre que su inscripción pertenezca al departamento.
   ATENCIÓN: NO SE ADMITIRÁ LA COMPARECENCIA ANTE LAS REFERIDAS COMISIONES RECEPTORAS DE:
   Los delegados cualquiera sea su categoría (generales o circuitales), que no pertenezcan al circuito.
   Los delegados solo podrán adherir en el circuito que les corresponda de acuerdo a la serie y número de su credencial cívica.
   19.- DE LA COMPARECENCIA ANTE LAS COMISIONES RECEPTORAS RURALES
   Ante las Comisiones Receptoras que actúen en circuitos rurales solo se admitirá la comparecencia de:
   1) Quienes pertenezcan al circuito.
   2) Los miembros de la Comisión Receptora, los funcionarios electorales designados para asistirla y la custodia, siempre que su inscripción corresponda al departamento.
   3) Los comparecientes del departamento no comprendidos en el circuito, siempre que su inscripción corresponda a una circunscripción rural del departamento y exhiban su credencial cívica.
   A efectos de comprobar si la serie de la credencial exhibida por el compareciente corresponde a una circunscripción rural del departamento, la Comisión Receptora deberá cotejarla con la nómina de series rurales que recibirá abrochada a la cuaderneta.

   20.- DE LOS CASOS DE OBSERVACIÓN PRECEPTIVA DE LA COMPARECENCIA

   A) EN LOS CIRCUITOS URBANOS DEBEN SER OBSERVADAS LAS COMPARECENCIAS DE:
   1) Los miembros de la Comisión, los funcionarios electorales designados para asistirla y la custodia, si sus inscripciones no pertenecen al circuito. La observación es simple. En la lista ordinal y en la hoja de observaciones se dejará la constancia: "Observada por no pertenecer al circuito". No se tomará impresión digital.
   2) El compareciente que no figure en el padrón si su hoja electoral aparece en el cuaderno del circuito. La observación es simple. Se dejará en la lista ordinal y en la hoja de observación la constancia: "Observada por no figurar en el padrón". No se tomará impresión digital.
   3) El compareciente que figura en el padrón si su hoja electoral no aparece en el cuaderno de hojas electorales:
   3.1) Si exhibe la credencial cívica y la Comisión comprueba que le pertenece, la observación es simple. Se dejará en la lista ordinal y en la hoja de observación la constancia: "No figura su hoja electoral. Exhibió la credencial". No se tomará impresión digital.
   3.2) Si no exhibe la credencial, la observación se hará por identidad. Se dejará en la lista ordinal y en la hoja de identificación la constancia: "No figura su hoja electoral. No exhibió credencial". Se tomará impresión digital.
   4) El compareciente que presenta una credencial que corresponde al circuito y no figura en el cuaderno de hojas electorales (legajo) ni en la nómina de comparecientes (padrón). La observación es por identidad. Se dejará en la lista ordinal y en la hoja de identificación la constancia: "Observada por no figurar en el legajo ni en el padrón". Se tomará impresión digital. Se retendrá la credencial cívica del compareciente que se enviará dentro de la urna. Se entregará al compareciente constancia de habérsele retirado la credencial.
   5) La persona que a juicio de cualquiera de los miembros de la Comisión Receptora o de los delegados no se corresponde con los datos que se atribuye o que resultan de la credencial que exhibe.
   Si la observación es formulada por un delegado debe ser apoyada por un miembro de la Comisión. La observación se hará por identidad. Se dejará en la lista ordinal y en la hoja de identificación la constancia: "Observada por... (el nombre y apellido de los observantes: delegado y miembro)". Se tomará impresión digital.
   B) EN LOS CIRCUITOS RURALES DEBEN SER OBSERVADAS LAS COMPARECENCIAS DE:
   1) Las personas que se encuentren incluidas en las situaciones previstas en los cinco numerales referidos a los circuitos urbanos.
   2) Los comparecientes que no pertenezcan al circuito siempre que tengan vigente su inscripción en una circunscripción rural del departamento y exhiban su credencial. Se dejará en la lista ordinal y en la hoja de observación la constancia "Observada por no pertenecer al circuito" (observación simple). No se tomará impresión digital.
   21.- DE LA COMPARENCIA DE EXTRANJEROS NO CIUDADANOS
   Los extranjeros no ciudadanos inscriptos en el Registro Cívico Nacional mediante certificado de residencia (art. 78 de la Constitución de la República) están facultados para intervenir en el acto de adhesión.

   22.- DE LA COMPARECENCIA DE INSCRIPTOS CON TRASLADO NO CONCLUIDO

   El inscripto que por no tener cumplido su traslado no está en condiciones de exhibir su credencial, si desea comparecer deberá hacerlo en el circuito correspondiente a la serie donde tenía vigente su inscripción antes de solicitar el traslado. La presentación del certificado expedido por la Oficina inscriptora solo acredita que el traslado está en trámite y no habilita a presentarse en el circuito correspondiente a la serie a la cual trasladó.

   23.- DE LOS NO VIDENTES Y PERSONAS FÍSICAMENTE IMPOSIBILITADAS PARA CAMINAR SIN AYUDA

   Estos comparecientes podrán hacerse acompañar al cuarto secreto por una persona de su confianza.

   24.- DE LA FINALIZACIÓN DEL HORARIO DE LA CONVOCATORIA

   A LAS DIECINUEVE Y TREINTA HORAS se dará por terminada la admisión de comparecientes, salvo que la Comisión comprobara que AÚN HAY EN EL LOCAL PERSONAS QUE NO HAN PODIDO SER ATENDIDAS, en cuyo caso y al solo efecto de recibir la adhesión de las mismas, se prorrogará el acto sin que el término pueda EXCEDER DE UNA HORA.

   25.- DEL CIERRE DE LA LISTA ORDINAL

   Terminada la recepción de sufragios se firmará la lista ordinal, dejándose constancia de la cantidad de comparecientes.
   Es obligatorio que la firmen los tres miembros de la Comisión Receptora, podrán hacerlo también los delegados que lo deseen.

   26.- DEL ACTA DE CLAUSURA

   Después de firmar la lista ordinal, la Comisión Receptora extenderá el acta de clausura, en la que se indicará CON LETRAS Y NO CON NÚMEROS, lo siguiente:
   a) la hora en que terminó la recepción de adhesiones;
   b) el número total de comparecientes, indicando la cantidad que lo hicieron sin observación y la cantidad que lo hicieron con observación;
   c) las modificaciones que se hubieren producido en la integración de la Comisión Receptora hasta el escrutinio;
   d) los reclamos o protestas que se hayan formulado al acto hasta la clausura (en OBSERVACIONES).
   El acta de clausura deberá ser firmada por los tres miembros de la Comisión Receptora y los delegados que hubiesen hecho observaciones, pudiendo firmarla también los demás delegados, si así lo desean.

   27.- DE LA INUTILIZACIÓN DEL EXCEDENTE DE LOS SOBRES

   Inmediatamente de labrada y firmada el acta de clausura y antes de proceder a la apertura de la urna, el Vocal inutilizará, trazando dos rayas en diagonal, los sobres firmados que al cierre de la convocatoria no hayan sido utilizados.

   28.- DE LAS PERSONAS HABILITADAS PARA PRESENCIAR EL ESCRUTINIO
   La Comisión Receptora permitirá durante el desarrollo del escrutinio el acceso de los medios de prensa y de los individuos pertenecientes al personal de las empresas e instituciones que realizan proyecciones de los resultados del acto de adhesión que se hayan acreditado ante los Organismos Electorales, quienes podrán presenciar el acto de escrutinio, quedándoles prohibido efectuar ningún tipo de observación o intervención en el transcurso del mismo.

   29.- DE LA APERTURA DE LA URNA Y CÓMPUTO DE ADHESIONES

   Terminada la recepción de adhesiones y firmada el acta de clausura se procederá a abrir la urna retirándose todos los sobres, que serán contados, verificándose si el total coincide con el que establece la lista ordinal. Si no coincide, se deberá efectuar un recuento dejándose constancia en el acta del resultado del mismo.
   Se separarán y contarán los sobres que contienen las comparecencias observadas SIN ABRIRLOS (SOBRES AZULES) verificándose si su número es igual al que arrojan la lista ordinal y la planilla de adhesiones observadas, y se contarán asimismo las comparecencias no observadas (SOBRES AMARILLOS). Se dejará también constancia de ello en el acta de escrutinio.
   Con los sobres que contengan las comparecencias observadas (SOBRES AZULES) se formarán dos paquetes SIN ABRIRLOS: uno, con los que correspondan a las observadas simples y otro con los que correspondan a las observadas por identidad. En la envoltura de cada uno de esos paquetes se expresará el número de sobres que contiene (se utilizarán para empaquetar las bandas de "adhesiones observadas" que se remiten con tal fin). La envoltura (banda) será firmada por el Presidente y Secretario de la Comisión Receptora.
   Una vez separados y empaquetados los sobres observados (AZULES) QUE EN NINGÚN CASO DEBEN ABRIRSE y LUEGO DE ANOTAR LAS CANTIDADES EN EL ACTA DE ESCRUTINIO, se guardarán en la urna. Seguidamente se procederá a la apertura de los sobres no observados (AMARILLOS) Y SOLO EN EL CASO QUE SUPEREN LA CANTIDAD DE CINCO. DE NO SUPERARSE DICHA CANTIDAD, SE DEJARÁ CONSTANCIA EN EL ACTA DE ESCRUTINIO. DICHOS SOBRES SE EMPAQUETARÁN Y GUARDARÁN EN LA URNA PARA SER ESCRUTADOS EN OCASIÓN DEL ESCRUTINIO DEPARTAMENTAL.

   30.- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DE LOS SOBRES DE ADHESIÓN

   El Secretario de la Comisión Receptora deberá abrir los sobres uno por uno extrayendo su contenido.
   ES UN PROCEDIMIENTO ILEGAL Y POR LO TANTO NO DEBE PERMITIRSE, QUE TODOS LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ABRAN LOS SOBRES, A FIN DE DAR TÉRMINO RÁPIDAMENTE AL ESCRUTINIO.
   La Comisión Receptora, a medida que vaya abriendo los sobres, irá agrupando las hojas de ADHESIÓN válidas en un solo montón.

   31.- DE LA FORMA EN QUE HA DE PROCEDER LA COMISIÓN RECEPTORA EN CASO DE ANULACIÓN DE HOJAS DE ADHESIÓN Y DE SOBRES EN BLANCO

   Las hojas de adhesión anuladas no deberán ser destruidas sino que se dejará en ellas la constancia correspondiente a la anulación, bajo la firma del Presidente y Secretario. Cada hoja anulada se mantendrá agregada a los demás elementos que contenía el respectivo sobre, de forma tal que no desaparezca la individualidad de la expresión de voluntad. CUANDO LA HOJA CONTENIDA EN EL SOBRE SEA ANULADA SE DEJARÁ, ADEMÁS, CONSTANCIA EXPRESA DE ELLO EN EL EXTERIOR DEL MISMO.
   Las hojas anuladas por estar acompañadas de un elemento extraño, se mantendrán agregadas a los demás elementos que contenía el respectivo sobre, de forma tal que no desaparezca la individualidad de la manifestación emitida por el compareciente. En el sobre se anotará la leyenda "Solo contenía hojas anuladas en su totalidad" y se agrupará con los sobre de igual leyenda.
   Cuando una hoja se valida y otra se anula (dos hojas iguales) la hoja validada se colocará en el grupo correspondiente a las hojas validadas. En la hoja anulada se establecerá la causal de la anulación "Anulada por ser repetida", y bajo firma de Presidente y Secretario se guardará en la urna. Se hará un paquete en caso de ser varias. El sobre no lleva ninguna anotación.
   SOBRES:
   - En un grupo se reunirán los sobres que no contenían hoja de ADHESIÓN o solo elementos extraños (EN BLANCO) que tendrán igual leyenda bajo firma de Presidente y Secretario. En otro grupo se reunirán los sobres cuyas hojas de ADHESIÓN fueron anuladas en su totalidad, las que se mantendrán abrochadas al sobre luego de ser firmadas por el Presidente y Secretario.

   32.- DE LOS CASOS EN LOS QUE CORRESPONDE LA ANULACIÓN DE LAS HOJAS DE ADHESIÓN

   a) Si dentro del sobre apareciere la hoja de adhesión acompañada de cualquier elemento extraño (se considerarán comprendidos en dicho concepto papeles en blanco o manuscritos, documentos o pequeños objetos) SE ANULARÁ LA HOJA CONTENIDA EN EL SOBRE.
   b) Si dentro del sobre apareciere la hoja de adhesión señalada con cualesquiera signos, enmendaduras, testaduras o nombres manuscritos agregados, SE ANULARÁ LA HOJA CONTENIDA EN EL SOBRE.
   c) Si dentro del sobre apareciere hojas de adhesión idénticas que excedieran de dos, SE ANULARÁN TODAS LAS HOJAS CONTENIDAS EN EL SOBRE.
   d) Si las hojas de adhesión idénticas que aparecen dentro del mismo sobre no excedieran de dos, se validará una, anulándose la otra. Se dejará constancia en la hoja de la causal de la anulación y se guardará en la urna.
   e) Si el sobre NO CONTIENE HOJA DE ADHESIÓN la comparecencia será "EN BLANCO". También se considerará "EN BLANCO" SI SOLO contiene elementos extraños.
   - Las roturas o dobleces que pueda presentar la hoja de adhesión no dará motivo para su anulación a menos que su magnitud o singularidad demuestren la clara intención del compareciente de violar el secreto de la adhesión.
   - Tampoco podrán anularse las hojas de adhesión con errores de impresión.

   33- DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR CON UN SOBRE SIN HOJA DE ADHESIÓN (EN BLANCO)

   Si al proceder al escrutinio se comprobara que un sobre no contiene hoja de adhesión se dejará en la parte exterior del mismo la constancia "EN BLANCO" firmada por el Presidente y Secretario.
   Ese sobre se mantendrá separado, junto con los demás que aparezcan en las mismas condiciones, a efectos de su contabilización en el acta de escrutinio.

   34.-DEL RECUENTO DE LAS HOJAS DE ADHESIÓN Y SOBRES CONTENIDOS EN CADA GRUPO

   Una vez finalizado el estudio del contenido de cada sobre (sobres amarillos escrutados) la Comisión Receptora procederá al recuento de las hojas de adhesión y de los sobres contenidos en cada uno de los grupos conformados (sobres en blanco y sobres que solo contenían hojas anuladas en su totalidad). La suma de estos guarismos debe coincidir con el total de adhesiones no observadas (SOBRES AMARILLOS).

   35.- DEL ACTA DE ESCRUTINIO
   En ella se deberá dejar constancia:
   a) De la serie y número del circuito.
   b) Del número total de sobres encontrados en la urna, expresando si coincide o no con el número de comparecientes que surge de la lista ordinal (si no hay coincidencia explicar el motivo).
   c) Del número total de comparecientes (rectángulo A).
   d) Del total de sobres no observados (SOBRES AMARILLOS), del total de sobres observados (SOBRES AZULES) y de la suma de ambos (rectángulo B).
   e) De la cantidad de hojas de adhesiones validadas.
   f) De la cantidad de "sobres en blanco" en el recuadro correspondiente (sobres sin hojas de adhesión o que solo contenían objetos extraños).
   g) De la cantidad de sobres que contenían hojas anuladas en su totalidad. La cifra se anota en el recuadro correspondiente (se suman los sobres con iguales leyendas que se agruparon durante el escrutinio).
   h) Finalmente se expresará las causas por las cuales se anularon las hojas de ADHESIÓN.
   En "OBSERVACIONES" se dejará constancia de las que se hubieren formulado durante el escrutinio.
   Es obligatorio que firmen el acta de escrutinio todos los integrantes de la Comisión Receptora y los delegados que hubieran formulado observaciones, pudiendo firmarla también los demás delegados, si así lo desean.
   SE RECUERDA QUE ES OBLIGATORIO LLENAR TODAS LAS ACTAS INSERTAS EN LA CUADERNETA. SU OMISIÓN SERÁ CONSIDERADA FALTA GRAVE.

   36.- DEL CIERRE DE LA URNA

   No deben guardarse en la urna las hojas de ADHESIÓN que no hayan sido extraídas de los sobres escrutados.

   37.- DE LAS COPIAS DE RESULTADO DEL ESCRUTINIO

   Conjuntamente con el acta de escrutinio, incluida en la cuaderneta, se remiten seis formularios --en un librillo con un original y cinco ejemplares más destinados a la expedición a las Juntas Electorales correspondientes y a los delegados que las soliciten-- de copia de la referida acta. El material utilizado para la confección de estos formularios, es autocopiante por lo cual bastará escriturar la primera hoja del librillo (ejemplar blanco) para que se reproduzca en las siguientes hojas, debiendo cuidar que la escrituración se realice con la presión adecuada y sobre superficie dura, a fin de que las copias siguientes se lean con claridad. La nitidez de estas copias se acentúa a medida que transcurren los minutos. Es necesario realizar la escrituración con cuidado evitando la sobre escrituración. En caso de error será necesario salvar la enmendadura en "OBSERVACIONES".
   La primera vía del librillo (color blanco) se entregará por Presidente y Secretario de la Comisión Receptora al Presidente y Secretario de la Junta Electoral o funcionarios que los reemplacen, conjuntamente con la "PLANILLA ESPECIAL DE ADHESIONES OBSERVADAS" (ejemplar de color blanco) y con la urna (en Montevideo, en la Dependencia Zonal de la Junta Electoral que está indicada en el volante que se remite dentro de la urna).
   ESTE ORIGINAL Y LA PLANILLA ESPECIAL DE ADHESIONES OBSERVADAS (ejemplar blanco) NO DEBEN ENCERRARSE DENTRO DE LA URNA PUES SU OBJETO ES QUE LAS JUNTAS ELECTORALES Y LA CORTE ELECTORAL PUEDAN TENER INFORMACIÓN ANTES DE QUE SE ABRAN LAS URNAS EN EL ESCRUTINIO DEPARTAMENTAL. SERÁ CONSIDERADO INSATISFACTORIO EL TRABAJO DE LA COMISIÓN QUE NO CUMPLA CON ESTA DISPOSICIÓN.
   Las restantes copias se distribuirán con el siguiente criterio:
   Si los delegados que las soliciten no exceden de cinco se entregará una copia a cada uno de ellos.
   Si el número de delegados excediera de esa cifra se entregará a aquellos delegados que se acreditaran primero.
   Los librillos con la copia del acta de escrutinio se escriturarán CON LETRAS Y CON NÚMEROS y serán firmadas por el Presidente, Secretario y Vocal de la Comisión Receptora, pudiendo hacerlo también los delegados que lo deseen.

   38.- DE LAS OPERACIONES FINALES

   Terminado el escrutinio y firmada el acta de escrutinio se colocarán en la urna:
   1) Todas las hojas de ADHESIÓN escrutadas debidamente empaquetadas, los sobres que las contenían, las tirillas, la cuaderneta que contiene la lista ordinal de comparecientes y las actas labradas, y el ejemplar de la "PLANILLA ESPECIAL DE ADHESIONES OBSERVADAS" (los paquetes de sobres observados se debieron colocar en la urna antes de comenzar con la apertura de los sobres amarillos).
   2) El padrón y el cuaderno de hojas electorales (EL CUADERNO DE HOJAS ELECTORALES, PRESERVADO, DENTRO DE LA FUNDA DE PLÁSTICO CON QUE FUERA REMITIDO).
   3) Los sobres inutilizados por ser sobrantes firmados y los sobres no usados, todos los sobrantes y demás útiles recibidos por la Comisión Receptora para su funcionamiento. NO DEBE CONSIDERARSE MATERIAL SOBRANTE EL EXCEDENTE DE HOJAS DE ADHESIÓN QUE QUEDE EN EL CUARTO SECRETO, POR LO CUAL LAS MISMAS NO DEBERÁN COLOCARSE EN LA URNA (EN CONSECUENCIA LAS ÚNICAS HOJAS QUE SE INCLUYEN EN LA URNA SON AQUELLAS QUE SE ENCONTRARON EN LOS SOBRES).
   Una vez obturada la ranura de la urna se procederá a cerrarla y precintarla Presidente y Secretario, una vez comprobado el perfecto cierre de la urna, se trasladarán al local destinado a su recepción a fin de proceder a la entrega de la urna, la copia del acta de escrutinio, la planilla especial de adhesiones observadas, la que se efectuará en el mismo día siempre que el lugar en que actuó la Comisión no diste más de veinticinco kilómetros de la capital del departamento. En caso contrario, la urna y demás elementos, serán entregados a más tardar, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la clausura de la convocatoria.
   Serán entregados bajo recibo al Presidente y Secretario de la Junta Electoral o a las personas a quienes éstos designen para actuar en su representación.
   El funcionario receptor deberá firmar un comprobante donde conste el número del circuito las condiciones en que recibe la urna, y si se cumplió con la obligación de entregar fuera de ella: la copia del acta de escrutinio y la planilla especial de adhesiones observadas. Este recibo lo deberá guardar el Presidente y exhibirlo ante cualquier reclamo de la Junta Electoral.
   El Presidente y Secretario deberán hacer entrega de:
   - la urna,
   el ejemplar blanco de la "copia del acta de escrutinio" (con la firma de todos los miembros de la Comisión),
   - la "planilla especial de adhesiones observadas" (ejemplar blanco, con la firma de todos los miembros de la Comisión).

   39 .- DE LA POLICÍA DE LAS VOTACIONES

   Exceptuados los miembros de la Comisión Receptora, la custodia y los delegados, no podrán permanecer en el local más personas que los comparecientes durante el tiempo indispensable para el ejercicio personal de su derecho.
   A requerimiento de la Comisión podrá penetrar en el local la autoridad que sea menester para el mantenimiento del orden, debiendo retirarse cuando haya cumplido con lo ordenado por la Comisión.
   El Presidente de la Comisión es el encargado de la policía del acto. Las autoridades deberán estar a sus órdenes para todo lo que se refiera al mantenimiento del orden de la convocatoria y a la seguridad de la libertad de expresión. Ninguna fuerza armada podrá, sin mandato de la Comisión Receptora, penetrar en el local ni colocarse en sus alrededores a una distancia menor de cien metros.
   La Comisión Receptora hará retirar del local a toda persona que no guarde el orden y compostura debidos.

   Saludan a usted muy atentamente.

   JOSÉ AROCENA
   Presidente
   MARTINA CAMPOS
   Secretaria Letrada
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