Fecha de Publicación: 21/01/2016
Página: 11
Carilla: 11

VARIOS
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO - ASSE
CENTRO HOSPITALARIO DEL NORTE "GUSTAVO SAINT BOIS"

           ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

       U.E. 012- CENTRO HOSPITALARIO DEL NORTE "GUSTAVO SAINT BOIS"
       LLAMADO A ASPIRANTES PARA INTEGRAR LOS CUADROS DE SUPLENTES

                                AMPLIACIÓN

De acuerdo con la Resolución del Directorio de A.S.S.E. N° 4092 de fecha 31/12/2010, se llama a todos los interesados a inscribirse en los LLAMADOS A ASPIRANTES para integrar los CUADROS de SUPLENTES de A.S.S.E., al amparo del Art. 410 de la Ley N° 16.170 de fecha 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el Art. 263 de la Ley N° 18.834 de fecha 4 de noviembre 2011, para la siguiente función:

* MÉDICO ANESTESISTA 
* MÉDICO GENERAL CURSANDO POSGRADO O RESIDENCIA EN ANESTESIOLOGÍA

Por bases e inscripciones concurrir a el Departamento de Recursos Humanos del Centro Hospitalario del Norte "Gustavo Saint Bois", sito en Camino Fauquet 6358 en el horario de 09:00 a 15:00 hs. Desde el 28/01/2016 al 12/02/2016 inclusive.- 
Requisitos: Ser ciudadano/a Natural o Legal.
Título de Médico Anestesista registrado y habilitado por el M.S.P. ó Título de Médico General en iguales condiciones, cursando posgrado o residencia avanzada en Anestesiología con el Aval de la Cátedra de Anestesiología de Facultad de Medicina.
Acreditar inscripción vigente en el Colegio Médico del Uruguay (Ley N° 18.591 - Art. 2°).
Curriculum Vitae con documentación probatoria (méritos y antecedentes). 
No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad. 
Se Valorará: Escolaridad, Capacitación Complementaria, Antigüedad en la función y calificada. 
Inscripción: Presentar original y fotocopia de:
Cédula de Identidad y Credencial Cívica. 
Título habilitado y registrado en MSP. 
La integración y actuación del Tribunal: Se realizará atento a lo establecido en los Arts. 4, 5, y 6 de la Resolución de Directorio de A.S.S.E Nro. 4092 de fecha 31.12.2010. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.-
Los médicos que ingresen deberán utilizar obligatoriamente los sistemas informáticos de A.S.S.E. en el desempeño de su función. 
Montevideo, Enero de 2016.
Directora.
                            Única Publicación
 27) (Cta. Cte.) 1/p 796 Ene 21- Ene 21
Ayuda