CONSEJO DE SALARIOS. GRUPO N° 3 INDUSTRIA PESQUERA. SUBGRUPO N° 01 CAPTURA. PERSONAL ADMINISTRATIVO Y PERSONAL OPERATIVO DE TIERRA




Fecha de Publicación: 25/01/2017
Página: 42
Carilla: 42

VARIOS
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

ACTA DE AJUSTE: En la ciudad de Montevideo, el día 15 de julio de 2016, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 3 "Industria Pesquera", Subgrupo 01 Captura "Personal Administrativo y Personal Operativo de Tierra", integrado por, Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Carolina Vianes y Téc. Raúl Marichal, Delegados del Sector Empresarial: Sres. Ricardo Piñeiro y Juan Riva Zucchelli y Delegado de los Trabajadores: Sr. Carlos Vega,
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de correctivo final de IPC anual correspondiente al 1° de julio de 2016, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Salarios de fecha 3 de diciembre de 2014.
SEGUNDO: Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 5° del referido acuerdo, el ajuste correspondiente al correctivo de inflación anual vigente a partir del 1° de julio de 2016 es de 5,66 %.
En función de lo establecido precedentemente los salarios mínimos con vigencia a partir del 1° de julio de 2016 para la Franja I y II, son los siguientes: Salario Mínimo Mensual Nominal Franja I: $ 14.961.
Salario Mínimo Mensual Nominal Franja II: $ 15.551.
Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.
                            Única Publicación
 27) (Cta. Cte.) 1/p 1099 Ene 25- Ene 25
Ayuda