Aviso N° 1029/026
Fecha de Publicación: 02/02/2026
Página: 180
Carilla: 180
VARIOS
ENTES AUTÓNOMOS
BANCO CENTRAL DEL URUGUAY - BCU
R.N°:D-334-2025
Banco Central del Uruguay
DIRECTORIO - RESOLUCIÓN
Montevideo, 22 de octubre de 2025.
DIRECTORIO
VISTO: la vacante de Analista V - Contador/a (GEPU 20) generada como consecuencia de la resolución D/387/2023 de 6 de diciembre de 2023.
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo con lo informado por la Gerencia de Servicios Institucionales, la Institución no cuenta con personal presupuestado que ocupe cargos en idéntico grupo funcional de nivel inferior a los concursados externamente, que cumplan con los requisitos mínimos para poder postular y que sean potenciales concursantes para ocupar el cargo referido en el Visto;
II) que según lo previsto en el artículo 11 del Estatuto del Funcionario del Banco Central del Uruguay, el ingreso a la Institución se realizará por el último cargo de la serie y escalafón correspondiente, excepto cuando no haya en la Institución personal con aptitud suficiente que reúna los requisitos del cargo determinados por su descripción técnica, siempre por resolución expresa de su Directorio, con arreglo a la ley y a la reglamentación;
III) que dicho llamado deberá regirse por el Reglamento de Reclutamiento Externo del Banco Central del Uruguay, aprobado por resolución D/180/2025 de 11 de junio de 2025;
IV) que de acuerdo a lo informado por la Gerencia Gestión Humana de la Gerencia de Servicios Institucionales la vacante referida está en condiciones de ser provista;
V) que, de acuerdo con lo informado por el Área Contaduría y Presupuesto de la Gerencia de Servicios Institucionales, existe disponibilidad presupuestal suficiente para atender los costos derivados de la contratación a realizar, sin generar incrementos de costo financiero para la Institución.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por las Leyes N° 16.127 de 7 de agosto de 1990, modificativas y concordantes y N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005, al Estatuto del Funcionario del Banco Central del Uruguay, al Reglamento de Reclutamiento Externo del Banco Central del Uruguay, a la resolución D/387/2023 de 6 de diciembre de 2023, a lo informado por la Gerencia de Servicios Institucionales de 13 de octubre de 2025 y demás antecedentes que lucen en el expediente N° 2025-50-1-1821,
SE RESUELVE:
1) Aprobar las bases generales que lucen a fojas 6 y 7 del expediente N° 2025-50-1-1821 que regirán el concurso para la contratación de hasta una persona bajo el régimen de contrato de función pública, mediante llamado público abierto de oposición, méritos y antecedentes, para desempeñar tareas en la Institución por un plazo de doce meses, en un régimen horario de 40 horas semanales, para el cargo Analista V - Contador/a (GEPU 20).
2) Comunicar lo dispuesto precedentemente a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
3) Notificar la presente resolución, conforme lo dispuesto por el artículo 106 del Reglamento Administrativo (resolución D/390/2024 de 23 de diciembre de 2024).
(Sesión de hoy - Acta N° 3796)
(Expediente N° 2025-50-1-1821)
Jorge Christy
Secretario General
Aar/ds
Resolución publicable
Firmante: Jorge Eduardo Christy Davies Fecha: 22/10/2025 13:06:49
CONVOCATORIA A PERSONAS INTERESADAS PARA INGRESAR AL
BCU MEDIANTE CONTRATO DE FUNCIÓN PÚBLICA
Bases Generales
1. Condiciones generales de la convocatoria
El cargo a cubrir será el siguiente:
|
Gepu |
Cupos |
Analista V - Contador- a |
20 |
1 (mas lista de prelacion) |
Condiciones para la postulación
* Ciudadanía uruguaya
* Al menos setenta y cinco por ciento (75%) aprobado de las asignaturas (o créditos equivalentes) correspondientes al título terciario universitario de grado de Contador Público expedido por la UDELAR, universidades privadas autorizadas por el Poder Ejecutivo y registrado ante el MEC, o expedido por universidades extranjeras revalidado en el territorio nacional, o de Licenciado en Administración-Contador de la UDELAR.(1)
----------
(1) De acuerdo a la Ley 18.437 de 12/12/2008 y articulo 25 del Decreto 104/014 de 28/04/2021.
----------
2. Inscripción
Las personas interesadas deberán registrarse electrónicamente de acuerdo a los requisitos y plazos establecidos.
La inscripción implicará por parte de la persona la aceptación de las bases generales y particulares del concurso, así como de las condiciones para la postulación e ingreso.
El BCU, considerando el total de personas inscriptas en forma electrónica, se reserva el derecho a realizar preselección de 150 postulantes, tomando en cuenta la escolaridad. Se exonerará de la preselección, pasando directamente a la etapa de evaluación de méritos y antecedentes y oposición, aquellas personas que habiéndose inscripto en forma electrónica acrediten haber desempeñado funciones en el BCU en los últimos 3 años contados desde la fecha de la convocatoria, encontrándose vinculadas contractualmente con la Institución en forma directa o a través de un tercero, y además cumplan con los requisitos excluyentes a efectos de poder concursar.
3. Factores a valorar en la selección
El Tribunal tendrá en cuenta los siguientes factores de evaluación:(2)(3)
----------
(2) Se exigira como minimo el 60% del total del puntaje asignado a este item para no resultar eliminado/a.
(3) Se exigira como mínimo el 60% de adecuación al perfil del cargo para no resultar eliminada/o.
----------
Total méritos |
20 |
Total Oposición2 |
80 |
Evaluación Psicolaboral3 (Excluyente) |
|
Evaluación de conocimientos técnicos 2 |
60 |
Entrevista con el Tribunal 2 |
20 |
Total2 |
100 |
4. Lista de Prelación
Quienes, superando satisfactoriamente las instancias del proceso, no resulten contratados en primera instancia, integrarán una lista de prelación con 24 (veinticuatro) meses de vigencia a contar desde la homologación del fallo del tribunal(4).
----------
(4) De mediar un empate en cualquiera de los puestos del puntaje final del concurso, se tomaran en cuenta los puntajes obtenidos en los items que se detallan a continuacion, segun el siguiente orden, hasta desempatar: i. Prueba de conocimientos y ii. Entrevista y meritos
----------
El solo hecho de integrar esta lista no genera derecho alguno para estas personas.
5. Incompatibilidades
Se controlará que no se verifiquen las incompatibilidades para el desempeño de funciones en el BCU (aparecer en lista del Consejo de Seguridad de la ONU u ocupar otro cargo público)(5) (6)
----------
(5) Se realizara cruce de informacion con la Lista Consolidada de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Si se encontraran coincidencias que no pudieran ser descartadas con la obtencion de informacion adicional, la persona quedara impedida de participar en el procedimiento del concurso o de ingresar a la institucion.
(6) Ley N° 11.923 Art. 32
----------
Asimismo, el personal del BCU tienen prohibiciones específicas según su Estatuto.(7)
----------
(7) Estatuto del Funcionario - Articulo 19° Lit. i)
----------
Normativa que ampara el llamado: Leyes N° 16.127 de 7 de agosto de 1990, modificativas y concordantes y N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005, Estatuto del Funcionario del Banco Central del Uruguay, al Reglamento de Reclutamiento Externo del Banco Central del Uruguay
NOMBRE DEL PERFIL: |
ANALISTA V - Contador/a |
LÍNEA DE REPORTE: |
Todas |
Reporta a: |
Superior jerárquico inmediato |
Misión
Realiza tareas de análisis de baja complejidad en temas de su
especialidad, en el marco de los objetivos y funciones del Servicio en
el cual se desempeña, asegurando la incorporación de las mejores
prácticas en la materia, con un adecuado nivel de calidad.
Principales cometidos de la función
* Recopila y analiza datos e información, y participa en la elaboración
de informes técnicos, en base a las mejores prácticas en la materia,
dentro de los plazos asignados.
* Mantiene un conocimiento actualizado respecto de la normativa,
estándares y otros eventos relativos a la función que cumple.
* Colabora en el cumplimiento de las obligaciones del Instituto en
materia contable y fiscal.
* Colabora en tareas vinculadas a la planificación, gestión financiera y
registraciones contables.
* Participa en la elaboración de normas, reglamentos, manuales y
procedimientos.
* Atiende adecuadamente los requerimientos de los clientes internos y
externos con los que se relacione el Servicio en el cual se desempeña,
viabilizando los trámites que de ellos se deriven.
* Procesa información y opera aplicaciones y sistemas informáticos en el
marco de las funciones que desempeñe.
* Colabora en la redacción de notas, memorandos, proyectos de
resolución, comunicaciones, circulares y similares.
* Colabora en la realización de trabajos y proyectos asignados en grupo.
Brinda informes de avance respecto a las tareas encomendadas.
* Contribuye al logro de los objetivos del Servicio en el cual se
desempeña.
* Desarrolla otros cometidos inherentes a la función.
Competencias Funcionales
* Formación terciaria universitaria de grado y posgrado
Al menos setenta y cinco por ciento (75%) aprobado de las asignaturas (o créditos equivalentes) correspondientes al título terciario universitario de grado de Contador Público expedido por la UDELAR, universidades privadas autorizadas por el Poder Ejecutivo y registrado ante el MEC, o expedido por universidades extranjeras revalidado en el territorio nacional, o de Licenciado en Administración-Contador de la UDELAR. |
E |
* Formación complementaria y conocimientos
Marco institucional, funciones y operativa de los distintos Servicios del Banco. |
Nivel Inicial |
S |
Normativa bancocentralista y de aplicación a la actividad del Servicio. |
Nivel Inicial |
S |
Cursos, seminarios, jornadas y otras actividades de capacitación de similar alcance en temáticas afines a la función. |
C |
* Informática
Aplicaciones de oficina aplicadas a la gestión del Servicio. |
Nivel Avanzado |
C |
* Idiomas
Inglés oral y escrito. |
Nivel Avanzado |
S |
* Docencia y publicaciones
Docencia y publicaciones afines a la función. |
C |
* Experiencia laboral deseable en el BCU en tareas vinculadas
La Misión y los principales cometidos de la función. |
C |
Competencias Organizacionales, Funcionales y de Liderazgo
* De acuerdo al Manual de Competencias y Mapa de Dominio vigente, que
forman parte del perfil.
ACTA N° 1
Montevideo, Fecha: 05/01/2026
Concurso: Analista V - Contador/a
Los integrantes del Tribunal que participan son:
* Presidente: LIÑARES LINDENFELD, VERONICA ANDREA
* Titular: FRETES CAMBON, MARIA VALENTINA
* Representante de Personal: TURNES PAVON, MARIA SOLEDAD
* Representante Sindical: REY DACOSTA, VALENTINA
* Representante Capital Humano: NADRUZ SORIA, PABLO JAVIER
El Tribunal pasa a analizar las características del perfil del cargo, con el fin de definir las bases particulares del concurso y los criterios para adjudicar puntos a la formación y oposición. Se formulan y aprueban las bases particulares que regirán el presente concurso, las cuales se adjuntan y forman parte de esta acta.
Se resuelve remitir al Área de Gestión Humana, la presente acta, a efectos de notificar las bases particulares, con el temario y bibliografía correspondientes al presente concurso.
Funcionario |
Cargo |
Fecha |
NADRUZ SORIA, PABLO JAVIER |
ANALISTA I |
29/12/2025 |
LIÑARES LINDENFELD, VERONICA ANDREA |
JEFATURA DE UNIDAD I |
29/12/2025 |
REY DACOSTA, VALENTINA |
ANALISTA II |
30/12/2025 |
TURNES PAVON, MARIA SOLEDAD |
ANALISTA II |
30/12/2025 |
FRETES CAMBON, MARIA VALENTINA |
JEFATURA DE DEPARTAMENTO II |
05/01/2026 |
BASES PARTICULARES PARA FUNCIONES CONTRATADAS DE ANALISTA V - CONTADOR/A
1. PRESELECCIÓN
En caso de corresponder, del total de personas inscriptas en forma electrónica se realizará una preselección de las 150 primeras ubicadas en el ranking según orden decreciente en base a la escolaridad declarada. En todos los casos, si hubiere empate en la última posición del ranking, se considerarán todos los aspirantes ubicados en la misma. A los efectos de determinar el promedio de escolaridad se tendrá en consideración las calificaciones obtenidas en las materias aprobadas, correspondientes al título terciario universitario de grado que se exige dentro de los requisitos excluyentes del llamado. Ver en Anexo I la fórmula para elaborar el ranking de escolaridades.
2. MÉRITOS (Máximo 20 puntos)
Para valorar las distintas instancias de formación que se acrediten, se considerará, entre otros aspectos, el contenido, la duración, la vigencia, la modalidad de aprobación, el centro de enseñanza o institución donde se realizó, así como el nivel de afinidad que tengan con el perfil del cargo. Los puntajes indicados son máximos. El Tribunal podrá reducirlos, porratearlos o no puntuar, en función de lo señalado precedentemente. No se otorgará puntaje en aquellos casos de formación que constituya requisito excluyente.
2.1 Capacitación general (Máximo 18 puntos)
a) Grado de avance del título terciario universitario de grado establecido en requisito excluyente de perfil (Máximo 10 puntos): Se otorgará puntaje de acuerdo a la siguiente escala:
Grado de avance (x) |
Puntaje |
100% |
10 puntos |
85% |
8 puntos |
75% < x <= 85% |
6 puntos |
x= 75% (excluyente) |
0 puntos |
b) Cursos con evaluación final aprobada. Se otorgará puntaje de acuerdo a la siguiente escala:
Carga horaria |
Puntaje |
mayor o igual que 8 y menor a 20 horas: |
1 punto cada curso |
mayor o igual que 20 y menor a 40 horas |
2 puntos cada curso |
mayor o igual que 40 y menor a 60 horas |
3 puntos cada curso |
mayor o igual que 60 y menor a 100 horas |
4 puntos cada curso |
mayor o igual que 100 y menor a 300 horas |
5 puntos cada curso |
mayor o igual que 300 |
6 puntos cada curso (*) |
(*) en este ítem se valorara los titulos terciarios universitarios de grado adicionales al excluyente y los posgrados, así como las certificaciones afines al perfil del cargo.
c) Instancias de capacitación sin evaluación y aprobadas por asistencia. Máximo 5 puntos. Se otorgará puntaje exclusivamente por instancias realizadas en los últimos 10 años, de acuerdo a la siguiente escala:
Carga horaria |
Puntaje |
mayor o igual que 8 y menor a 20 horas |
0,5 punto cada curso |
mayor o igual que 20 y menor a 40 horas |
1 punto cada curso |
mayor o igual a 40 |
1,5 puntos cada curso |
2.2 Informática (Máximo 6 puntos):
Planillas Electrónicas (Excel avanzado o similar) |
2 puntos |
Procesador de texto (Word avanzado o similar) |
2 puntos |
Herramientas de análisis de datos (Power BI, Pyhton, Tableau, R o similar) |
hasta 2 puntos por curso |
2.3 Docencia Universitaria (Máximo 0,5 puntos): Se computará por concepto de docencia universitaria aquella en la cual se dictaron cursos universitarios, en materias afines al perfil, por al menos un año. Se conferirá puntaje por cada año completo dictado en los últimos cinco años, de acuerdo al siguiente detalle:
Año de docencia como asistente o ayudante (Grado 1 o 2) |
0.25 puntos por año |
Año de docencia de nivel superior (Grado 3,4 o 5) |
0,5 punto por año |
En caso de postulantes que sean docentes de diferentes Universidades, el Tribunal adoptará criterios que permitan compatibilizar los cargos docentes para hacerlos comparables.
2.4 Publicaciones (Máximo 0,5 punto): Los trabajos publicados cuya temática sea afín al perfil, serán valorados con hasta 0,5 puntos cada uno. Los trabajos hechos en equipo se puntuarán dividiendo el puntaje asignado entre el número de integrantes. Aquellos trabajos que son parte de la currícula de un título no serán considerados (ej. Monografías).
2.5. Antecedentes laborales (Máximo 2 puntos): Se considerarán un máximo de 2 años de actividad laboral afines al perfil del cargo, de los últimos 5 años de experiencia laboral contados hasta el día de finalización del período de inscripción electrónica. Se asignará un punto por año con un máximo de 2 puntos.
3. OPOSICIÓN (Máximo 80 puntos y mínimo 48 puntos)
3.1 EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS TÉCNICOS (Máximo 60 puntos y mínimo 36)
3.1.1 Idioma inglés nivel avanzado (2 puntos): Será valorado mediante certificado expedido por Institutos de probada solvencia. Se puntuará con 2 puntos el nivel avanzado (B2 según "Marco Común Europeo de Referencia") o superior. La no acreditación del nivel requerido significará la no asignación de puntaje.
3.1.2 Prueba de conocimientos (Máximo 58 puntos): Las características y fecha de la prueba se comunicará oportunamente. La misma se realizará con material a la vista y manteniendo el anonimato de autor. En caso de constatarse una violación del régimen de anonimato por parte del postulante, determinará su eliminación del concurso.
3.2 ENTREVISTA CON EL TRIBUNAL (Máximo 20 puntos)
Los mejores 50 puntajes de la prueba de conocimientos (3.1.2) y que superen el mínimo requerido, realizarán la entrevista con el tribunal. La misma se realizará el día y hora que oportunamente serán notificados, la no comparecencia será interpretada como desistimiento del concurso. Durante la entrevista se abordarán temas afines al perfil del cargo con el objetivo de profundizar respecto a la adecuación de las personas al mismo. Se deberá alcanzar un puntaje igual o mayor al 60% del puntaje total asignado a la entrevista para no resultar eliminado/a.
3.3 EVALUACIÓN PSICOLABORAL (Excluyente): A efectos de continuar en el proceso de concurso se deberá superar el mínimo establecido para la evaluación psicolaboral de acuerdo a la siguiente escala:
Nivel de adecuación respecto al perfil (x) |
Resultado |
60% <= x |
Aplica |
x < 60% |
No aplica - eliminado/a |
4. PUNTAJE FINAL (Mínimo requerido 60 puntos)
Finalizadas las distintas instancias del concurso, se deberá obtener por la suma de los puntajes alcanzados por méritos y oposición, un puntaje mayor o igual a 60 puntos, para no resultar eliminado/a del concurso.
En caso de agotarse la lista de prelación mencionada en el punto 4) de las Bases Generales, se podrá continuar llamando a las personsas que aprobaron la Prueba de Conocimientos para las siguientes etapas.
5. TEMARIO Y MATERIAL PARA EL NUMERAL 3.1.2
* Texto ordenado de la carta orgánica del Banco Central del Uruguay:
http://www.bcu.gub.uy/Acerca-de- BCU/Normativa/
Documents/Carta-Organica/ carta organica toco.pdf
Misión, visión, valores y plan estratégico del Banco Central del
Uruguay: https://www.bcu.gub.uy/Acerca-de- BCU/Transparencia/
4-Plan-Estrategico.pdf
* Código de Ética del BCU - https://www. bcu.gub.uy/Acerca-de-
BCU/Polticas%20y%20 Protocolos/codigo%20etica%202024.pdf
* Estatuto del Funcionario del Banco Central del Uruguay:
https://www.bcu. gub.uy/ Acerca-de- BCU/Polticas%20y%20
Protocolos/Estatuto%20del% 20funcionario.pdf
* Política de Calidad del Banco Central del Uruguay: http://www.
bcu.gub.uy/Acerca-de- BCU/Documents/Planificaci%C3
%B3n%20y%20Gesti%C3%B3n/ Politica%20de%20Calidad.pdf
* Política Antisoborno - https://www.bcu.gub.uy/Acerca-de-
BCU/Polticas%20y%20Protocolos/ Pol%C3%ADtica%20Antisoborno.pdf
* Política de Datos - https://www.bcu.gub.uy/Acerca-de-
BCU/Polticas%20y%20 Protocolos/Pol% C3%ADtica%20de% 20datos.pdf
* Constitución de la República Artículos 185 al 232
* Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado
(T.O.C.A.F.) (Título preliminar y Título I) (Web de Tribunal de
cuentas)
* Ordenanzas del Tribunal de Cuentas N° 64, 72, 89 y 92 (Web Tribunal de
Cuentas)
https://www.tcr.gub.uy/ archivos/nor_121_ORDENANZAS% 20VIGENTES%
20PAGINA%20WEB%20-% 20final.pdf
* Estados Financieros del BCU 2024
https://www.bcu.gub.uy/Acerca-de-BCU/Paginas/Rendicion-de-
cuentas.aspx#estados- financieros-del-bcu
* Balance de Ejecución Presupuestal del BCU 2024 https://www.
bcu.gub.uy/Acerca-de- BCU/Rendicin %20de%20Cuentas/ Balance %20de%
20Ejecuci%C3%B3n %20 Presupuestal%202024.pdf
* Presupuesto Operativo, de Recursos, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del BCU 2024 (Decreto 317/023)
https://www.bcu.gub.uy/Acerca-de- BCU/ Rendicin% 20de%20 Cuentas/
Presupuesto-2024%20- %20Decreto %20317-023.pdf
* Leyes que regulan el sistema financiero
* Decreto - Ley 15.322 de 17 de setiembre de 1982
* Ley 16.426 de 14 de octubre de 1993
* Ley 19.678 de 26 de octubre de 2018
* Ley 18.627 de 2 de diciembre de 2009
* Ley N° 19.574 de 20 de diciembre de 2017
* Ley N° 16.713 - Régimen de jubilación por ahorro voluntario- título
VIII y modificativa*
* Ley N° 20.130 - Reforma Previsional- títulos IV, V y VI*
* Sin perjuicio de la selección realizada (la cual será la considerada
para la prueba de conocimientos), puede ser útil la lectura completa
de la norma a efectos de facilitar su contextualización.
* Normativa de la Superintendencia de Servicios Financieros - web BCU
* Libro I - Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema
Financiero
* Libro I - Recopilación de Normas del Mercado de Valores
* Libro I - Recopilación de Normas de Seguros y Reaseguros
* Libro I - Recopilación de Normas de Control de Fondos Previsionales
* Recopilación de Normas de Sistema de Pagos (Libros I, II, IV y VIII) -
web BCU
* Recopilación de Normas de Operaciones (Libro XIV - Encajes) - web BCU
* Norma internacional de información financiera 7 - Instrumentos
financieros: información a revelar
https://www.gub.uy/ministerio-
economia-finanzas/institucional/normativa/
instrumentos-financieros-informacion-revelar
* Norma Contable 61012 El BCU como agente de retención (se adjunta
documento)
* Resumen Ejecutivo del último Informe de Política Monetaria (IPOM)
disponible en https://www.bcu.gub.uy/Politica-
Economica-y-Mercados/Paginas/Informe-de-Politica-Monetaria.aspx#ipom
6. ANEXO I
La fórmula para elaborar el ranking de escolaridades, a efectos de considerar postulantes provenientes de diferentes Universidades, es la siguiente:
Escolaridad del postulante - Mediana de las escolaridades de su Universidad |
Escolaridad Máxima de su Universidad - Mediana de las escolaridades de su Universidad |
Siendo:
Escolaridad (postulante): corresponde al promedio de escolaridad de egreso de cada postulante.
Mediana de Escolaridades: corresponde a la mediana de las escolaridades de egreso registradas para la carrera y centro educativo del postulante.
Escolaridad Máxima: corresponde al máximo promedio de escolaridad de egreso registrado para la carrera y centro educativo del postulante.
Esta fórmula se aplica por centro educativo y carrera, en función de la información proporcionada al Área Gestión de Humana por las Universidades que expiden los títulos habilitantes para la presentación al concurso. Las personas preseleccionadas deberán presentar, oportunamente y en la forma que se indique, toda la documentación solicitada en estas Bases y Condiciones para la postulación que forma parte integrante de las mismas.
Podrán quedar eliminadas aquellas personas de los que se corrobore que el promedio de escolaridad declarado electrónicamente no coincida con el promedio de escolaridad que consta en el certificado emitido por la universidad correspondiente. Tanto el Tribunal del Concurso en el marco de su actuación, como el BCU, se reservan la facultad de solicitar toda información o documentación que se estime pertinente.
Funcionario |
Cargo |
Fecha |
NADRUZ SORIA, PABLO JAVIER |
ANALISTA I |
29/12/2025 |
LIÑARES LINDENFELD, VERONICA ANDREA |
JEFATURA DE UNIDAD I |
29/12/2025 |
REY DACOSTA, VALENTINA |
ANALISTA II |
30/12/2025 |
TURNES PAVON, MARIA SOLEDAD |
ANALISTA II |
30/12/2025 |
FRETES CAMBON, MARIA VALENTINA |
JEFATURA DE DEPARTAMENTO II |
05/01/2026 |
Condiciones de postulación e ingreso
1) Proceso de inscripción
El proceso de inscripción consta de las siguientes etapas:
1.1. INSCRIPCIÓN ELECTRÓNICA
A través de la página web del Banco Central del Uruguay (BCU) https://www.bcu.gub.uy/Acerca-deBCUi PaginasiLlarn?dos-a-concurso.aspx (ver "Instructivo sistema inscripción y subida de documentación")
* Desde: la hora 10:00 am del día 02/02/2026
* Hasta: la hora 16:00 del día 20/02/2026
1.2. CARGA DE DOCUMENTACIÓN EN EL SISTEMA
Una vez que las personas se inscriban en forma electrónica, quedarán habilitadas para cargar la documentación (ver "Instructivo sistema inscripción y subida de documentación")
* Desde: la hora 10:00 am del día 02/02/2026
* Hasta: la hora 16:00 del día 20/02/2026
Las personas deberán cargar al sistema únicamente los siguientes cuatro documentos:
1) Título universitario de Grado requerido en el Bases Generales (anverso y reverso), o Constancia del Título universitario de Grado en trámite(8).
----------
(8) En caso de que el concursante resulte seleccionado, deberá presentar el documento original del Título universitario de grado al momento de su ingreso, teniendo en cuenta las implicancias de acuerdo al apartado 6 de las Bases particulares.
----------
2) Escolaridad, mediante: Certificado de Escolaridad actualizado(9), emitido por el centro de estudios correspondiente.
----------
(9) Escolaridad UDELAR debe ser con fecha emisión a partir del 01/01/2026 y código de verificación válido.
----------
3) Cédula de Identidad vigente(10), u otro documento oficial donde conste el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las Bases generales (anverso y reverso).
----------
(10) Los ciudadanos legales no podrán ser designados sino tres años después de habérseles otorgado la carta de ciudadanía (artículo 7 numeral a) del Estatuto del Funcionario del Banco Central del Uruguay). En caso de no contarse con la documentación original al momento de la acreditación, podrá presentarse copia autenticada por Escribano Público.
----------
4) Currículum CVUY: Los postulantes deberán subir al sistema, su
currículum en formato PDF ingresado previamente en CVUY
(https://cvuy.anii.org.uy/), el que tendrá carácter de declaración
jurada, y del cual se podrán solicitar los documentos originales
previo al ingreso a la Institución, que acredite los méritos allí
contenidos. Esta instancia es de carácter obligatorio, por lo que
quienes no tengan mérito alguno para presentar deberán igualmente
subir el currículum a tales efectos. No se permitirá agregar
documentación alguna en etapas posteriores. Ver en "Instructivo
sistema inscripción y subida de documentación" las aclaraciones sobre
el currículum.
La inscripción implicará la aceptación de las bases generales y particulares del concurso, así como de las condiciones para la postulación e ingreso descritas en el presente documento. No se admitirá la incorporación de documentación adicional en etapas posteriores. Los documentos escaneados deberán ser legibles, completos, incluyendo ambas caras cuando corresponda.
En caso de registrarse inconvenientes técnicos, deberá informarlo por correo electrónico a la dirección: concurso@bcu.gub.uy. La consulta será respondida dentro de las 24 horas hábiles siguientes a la recepción del mensaje.
Aquellas personas que se inscriban al concurso con un vínculo contractual con el BCU (punto 2 de las Bases Generales), deberán declararlo enviando un correo a la casilla concurso@bcu.gub.uy con asunto "Concurso externo Analista V - Contador-a vínculo con BCU" detallando el vínculo correspondiente, hasta las 16:00 hs del 20/02/26. En caso de no recibir dicha declaración en la forma mencionada, la persona será considerada sin vínculo con la Institución.
La fecha para considerar el cumplimiento de las condiciones para la postulación establecidas en las Bases generales y particulares, así como los méritos a ser valorados será el último día del periodo de inscripción. |
2) Presentación de documentación respaldante
Las personas que resulten seleccionadas, deberán presentar al momento de su ingreso, o cuando el Tribunal del concurso lo estime pertinente, la documentación respaldante de lo declarado y cargado en el sistema en la etapa 1.2.
Las personas son responsables de que los datos ingresados en forma electrónica sean reales y fidedignos. Quienes, al momento en que les sea requerido, no puedan acreditar lo declarado con la documentación correspondiente, quedarán automáticamente eliminadas del concurso.
3) Comunicaciones
Las comunicaciones relativas a las distintas instancias del proceso del Concurso, serán realizadas a través del Sistema de Concursos del BCU (Sede electrónica)(11), haciendo referencia al número de inscripción asignado. Este será el único medio válido a través del cual se realizarán todas las comunicaciones y notificaciones. Adicionalmente, podrá llegar un correo electrónico cuando las publicaciones estén disponibles en el sistema, que llegará a la casilla declarada por la persona.
----------
(11) Artículo 44 del Código Contencioso Administrativo establece lo siguiente: "Si el interesado tiene acceso a la sede electrónica de la Administración respectiva, la notificación personal se considerará realizada cuando este acceda a la misma una vez que el acto esté disponible allí, teniéndoselo por notificado si no accede a ella transcurridos tres días hábiles."
----------
Las consultas se reciben a través de la casilla concurso@bcu.gub.uy
4) Condiciones para el ingreso
La persona convocada y notificada del ingreso que no acepte o no cumpla con las condiciones para el ingreso, o no se presente dentro de un plazo de 30 días corridos contados desde la notificación, resultará eliminada y se recurrirá a convocar a la siguiente de acuerdo a la lista de prelación vigente para el concurso, y así sucesivamente hasta completar los cupos llamados para cada caso. El ingreso de personas estará sujeto a las necesidades institucionales y disposiciones presupuestales vigentes.
5) Régimen laboral
El trabajo presencial será en las oficinas del BCU, Diagonal Fabini 777, con una carga horaria de 40 horas semanales -lunes a viernes de 09:45 a 17:45 hs- contando actualmente con un régimen de teletrabajo (trabajo híbrido) para el personal.
La retribución mensual del cargo, los beneficios asociados y demás condiciones pueden consultarse en el documento de Preguntas Frecuentes.
Las personas que ingresen estarán regidas en lo pertinente por los derechos y obligaciones previstos en la legislación laboral aplicable a todo funcionario público y en el Estatuto del Funcionario del BCU.
Única Publicación
27) (Cta. Cte.) 1/p 1029 Feb 02- Feb 02
Ayuda