RESOLUCION N° 043. ACTA 009. NUEVOS VALORES DE TASAS Y TARIFAS




Fecha de Publicación: 07/08/2001
Página: 1487-C
Carilla: 65

VARIOS
MONTEVIDEO
VARIOS

                                  URSEC                                   
             UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES             
                                                                          
Expte. Nº 2001/03040/1/565
Montevideo, 5 JUL 2001
RESOLUCION Nº 043/ACTA 009
VISTO: la actualización automática de las Tasas y Tarifas de la Unidad 
Reguladora de Servicios de Comunicaciones, en función de las variaciones 
promedio que experimentaron las tarifas correspondientes a los servicios 
de Telecomunicaciones que suministra ANTEL.
RESULTANDO: que Contable informa que dicha actualización asciende al 
5,05% de acuerdo al aumento de Tarifas establecido por ANTEL.
CONSIDERANDO: que aprobadas las nuevas Tarifas para los servicios que 
suministra ANTEL, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 
debe publicar los nuevos valores de sus Tasas y Tarifas dando cuenta de 
ello al Poder Ejecutivo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 12 del 
Decreto 153/93 de 30 de marzo de 1993.
ATENTO: a lo establecido por el artículo 12 del Decreto 153/93 de 30 de 
marzo de 1993, por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y a lo 
informado por la Asesoría Letrada de la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones.
LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
1.- Decláranse los nuevos valores de las Tasas y Tarifas fijadas en 
moneda nacional por el numeral 1º de la Resolución 72/2000 de 14 de marzo 
correspondiente a los servicios administrados por la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones son los que se detallan a continuación:
TD-1 - $ 145,00
TD-2 - $ 47,00
TD-3 - $ 276,00
TD-4 - $ 97,00
TD-5 - $ 29,00
TD-6 - $ 223,00
TD-7 - $ 25,00
TD-8 - $ 446,00
TD-9 - $ 47,00
TD-10 - $ 162,00
TD-11 - $ 23,00
TD-12 - $ 337,00
TD-13 - $ 36,00
TD-14 - $ 345,00
TD-15 - $ 432,00
TD-16 - $ 611,00
TD-17 - $ 1.189,00
TD-18 - $ 1.532,00
TD-19 - $ 2.649,00
TD-20 - $ 3.061,00
TD-21 - $ 3.418,00
TD-22 - $ 107,00
TD-23 - $ 335,00
TD-24 - $ 10,00
TD-25 - $ 16,00
TD-26 - $ 95,00
TD-27 - $ 10,00
TD-28 - $ 175,00
TD-29 - $ 1.525,00
TD-31 - $ 24,00
TD-32 - $ 539,00
TD-33 - $ 25,00
TD-34 - $ 1.085,00
TD-35 - $ 54,00
TD-36 - $ 539,00
TD-37 - $ 54,00
TD-38 - $ 54,00
TD-39 - $ 23,00
TD-40 - $ 1.085,00
TD-41 - $ 54,00
TD-42 - $ 54,00
TD-43 - $ 539,00
TD-44 - $ 54,00
TD-45 - $ 54,00
TD-46 - $ 24,00
TD-48 - $ 5,40
TD-49 - $ 108,00
TD-50 - $ 86,00
TD-51 - $ 54,00
TD-52 - $ 32,00
TD-53 - $ 23,00
TD-54 - $ 33,00
TD-55 - $ 45,00
TD-56 - $ 141,00
TD-57 - $ 54,00
TD-58 - $ 32,00
TD-61 - $ 53,00
TD-62 - $ 123,00
TD-128 - $ 4.595,00
TD-129 - $ 22.970,00
TD-130 - $ 56.620,00
2.- Declárase que los valores de las Tasas y Tarifas en dólares por el 
numeral 2º de la Resolución 398/993 de 24 de agosto de 1993, no han 
sufrido modificaciones.
3.- Publíquese y comuníquese al Poder Ejecutivo. Cumplido, archívese.
Dr. FERNANDO PEREZ TABO, PRESIDENTE - Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones - Dra. Esc. ELENA GRAUERT, SECRETARIA GENERAL.
 27) (Cta. Cte.) 3/p 53211 Ago 07- Ago 09 (0155)
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