RESOLUCION N° 231. ACTA 021. NUEVOS VALORES DE TASAS Y TARIFAS




Fecha de Publicación: 31/07/2002
Página: 1062-C
Carilla: 54

VARIOS
MONTEVIDEO
MINISTERIOS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

            UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES              
                                                                          
EXPTE. 2002/1/437
Montevideo, 13 JUN. 2002
RESOLUCION Nº 231 ACTA Nº 021
Visto: La actualización automática de las Tasas y Tarifas de la Unidad 
Reguladora de Servicios de Comunicaciones, en función de las variaciones 
promedio que experimentaron las tarifas correspondientes a los servicios 
de Telecomunicaciones que suministra ANTEL.
Resultando: Que la División Contable informa que dicha actualización 
asciende al 8,5% de acuerdo al aumento de Tarifas establecido por ANTEL.
Considerando: Que aprobadas las nuevas Tarifas para los servicios que 
suministra ANTEL, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 
debe publicar los nuevos valores de sus Tasas y Tarifas, dando cuenta de 
ello al Poder Ejecutivo de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 12 del 
Decreto 153/93 del 30 de Marzo de 1993.
Atento: A lo expuesto, a lo establecido del Art. 12 del Decreto 153/93 
del 30 de marzo de 1993, por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y a 
lo informado por la Asesoria Letrada de la Unidad Reguladora de Servicios 
de Comunicaciones.-
LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
1º) Declárense los nuevos valores de las Tasas y Tarifas fijadas en 
moneda nacional por el numeral 1º de la Resolución Nº 043/Acta 009 del 5 
de Junio 2001 correspondiente a los servicios administrados por la Unidad 
Reguladora de Servicios de Comunicaciones son los que se detallan a 
continuación:
TD-1 $ 157,00
TD-2 $ 51,00
TD-3 $ 300,00
TD-4 $ 105,00
TD-5 $ 32,00
TD-6 $ 242,00
TD-7 $ 27,00
TD-8 $ 484,00
TD-9 $ 51,00
TD-10 $ 176,00
TD-11 $ 25,00
TD-12 $ 366,00
TD-13 $ 39,00
TD-14 $ 374,00
TD-15 $ 468,00
TD-16 $ 663,00
TD-17 $ 1.290,00
TD-18 $ 1.662,00
TD-19 $ 2.875,00
TD-20 $ 3.321,00
TD-21 $ 3.709,00
TD-22 $ 116,00
TD-23 $ 364,00
TD-24 $ 11,00
TD-25 $ 17,00
TD-26 $ 103,00
TD-27 $ 11,00
TD-31 $ 26,00
TD-32 $ 585,00
TD-33 $ 27,00
TD-34 $ 1.177,00
TD-35 $ 58,00
TD-36 $ 585,00
TD-37 $ 58,00
TD-38 $ 58,00
TD-39 $ 25,00
TD-40 $ 1.177,00
TD-41 $ 58,00
TD-42 $ 58,00
TD-43 $ 585,00
TD-44 $ 58,00
TD-45 $ 58,00
TD-46 $ 26,00
TD-49 $ 117,00
TD-50 $ 93,00
TD-51 $ 58,00
TD-52 $ 34,00
TD-53 $ 25,00
TD-54 $ 35,00
TD-55 $ 49,00
TD-56 $ 153,00
TD-57 $ 58,00
TD-58 $ 34,00
TD-61 $ 57,00
TD-62 $ 133,00
TD-128 $ 4.986,00
TD-129 $ 24.922,00
TD-130 $ 61.430,00
2º) Declarase que los valores de las Tasas y Tarifas fijadas en dólares 
por el Art. 2º de la Resolución Nº 398/993 del 24 de agosto de 1993, no 
han sufrido modificaciones.
3º) Por Secretaría, publíquese, comuníquese al Poder Ejecutivo y cumplido 
archívese.-.
 27) (Cta. Cte.) 3/p 52943 Jul 31- Ago 02 (0105)
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