Aviso de Remate N° 9602/025
Fecha de Publicación: 05/05/2025
Página: 80
Carilla: 80
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DÉCIMO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 10° Turno, dictada en autos: "SCOTIABANK URUGUAY S.A. c/ YAÑEZ ITURRLADE, RODOLFO - EJECUCION DE HIPOTECA" IUE 2-55557/2021, se hace saber que el próximo 24 de junio a las 12:30 horas en Av. Uruguay 826 (A.N.R.T.C.I.), por intermedio del Martillero Juan Pablo Carrau, Matrícula 6688, RUT 216206960017, en acto presidido por el Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones ubicado en el departamento de Canelones, localidad catastral Jaureguiberry, empadronado con el N° 21, el que según plano de mensura del Agrimensor Néstor Silvera Anduiza, inscripto en la Dirección General de Avalúos y Administración de Bienes del Estado el 19 de julio de 1937 con el N° 185, está señalado como el Solar 8 de la Manzana 2, tiene una superficie de 960 metros y se deslinda así: 16 metros al Noroeste de frente a la calle número 1 (de 17 metros de ancho), 60 metros al Noreste lindando con el Solar 9; 16 metros al Sureste lindando con parte del Solar 3 y 60 metros al Suroeste lindando con Solares 4, 5, 6 y 7. SE PREVIENE: 1°) Por el bien existe deuda de contribución inmobiliaria y del impuesto de enseñanza primaria. 2°) Se desconoce la existencia de deudas por construcciones ante BPS y la I.M de Canelones y la situación ocupacional del bien. 3°) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, y en el mismo acto la comisión del rematador más IVA, o sea el 3,66%, debiendo cumplir con lo dispuesto por las Leyes 19.210, 19.478, 19.889 y decretos reglamentarios, siendo de su cargo los gastos de la escrituración. 4°) Solamente podrá ser imputado al precio los tributos necesarios para la escrituración, esto es contribución inmobiliaria y el tributo de enseñanza primaria. 5°) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por ferias judiciales ni por semana de turismo. 6°) Será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más I.V.A, o sea el 1,22 % del precio de remate. 7°) El último título está compuesto por testimonio por exhibición de la primera copia de escritura. 8°) El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y la documentación presentada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, piso 3. 9°) Se tuvo a la vista los certificados registrales ampliados al cierre del día 28 de abril de 2025. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Montevideo, 30 de abril de 2025.
YAMILA ESCARONE GIMÉNEZ, Administrativo IV Colaboración Cargo: Actuario Adjunto.
Única Publicación
20) $ 6396 1/p 9602 May 05- May 05
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