Fecha de Publicación: 11/04/2019
Página: 59
Carilla: 59

REMATES
PODER JUDICIAL
SORIANO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DOLORES
SEGUNDO TURNO

EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de Dolores de 2° turno en los autos caratulados: "AMONDARAIN MARY, LUIS MIGUEL Y OTRO C/ PREMAZZI S.R.L. Y OTROS. Ejecución hipotecaria" I.U.E 443-114/2007, se hace saber que el día 24 de abril de 2019 a la hora 14, en las puertas del Juzgado Letrado de Dolores, sito en calle Sotura 1234 de esta Ciudad, por el Martillero designado en estos autos, Sr. LUCIANO ANDRIOLO GUTMAN, con matrícula N° 6011, presidido por la Sra. Alguacil, se procederá a la venta en subasta pública del siguiente bien inmueble: a) fracción de terreno con construcciones y demás mejoras que contiene y le acceden, ubicado en la localidad catastral La Concordia, cuarta sección judicial del dpto. de Soriano, empadronado con el N° 106 (antes rural 5114 en mayor área) señalado con el N° 6 de la manzana N° 9 en el plano de mensura del Agrimensor Román R. Varela de marzo de 1964, aprobado por decreto 1044 del Consejo Departamental de Soriano con fecha 13/03/1964 e inscripto en la oficina de Catastro de Soriano con el N° 2658 el mismo día, y de acuerdo al cual se compone de una superficie de 425 m y se deslinda así: al NO, 17 m de frente a calle N° 8, de 8 m de ancho: al NE, 25 m lindando con padrón 5114 parte; al SE 17 m lindando con solar N° 5 y al SO 25 m lindando con solar N° 7. SE HACE CONSTAR QUE: a) Saldrán a la venta en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor. b) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura y el resto a los 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo, debiendo cumplirse con los medios de pago previstos en la Ley de Inclusión Financiera y normativa concordante en lo que corresponda. c) Será de cargo del comprador la comisión y tributos del martillero. d) El mejor postor podrá descontar del precio del remate la Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria que se adeudare. SE ADVIERTE que: 1) Se ignora la situación de ocupación del inmueble y de regularización de sus construcciones ante las Oficinas Públicas correspondientes. 2) El bien se adquiere en las condiciones que surgen del expediente y titulación obrante en la Sede para su consulta, y en su actual estado jurídico y material sin derecho a reclamación alguna.
A los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Dolores, 5 de abril de 2019. Esc. Bruno LORENZELLI LUCAS, ACTUARIO ADJUNTO.
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 20) $ 4393 1/p 9365 Abr 11- Abr 11
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