Fecha de Publicación: 16/06/2020
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Carilla: 56

REMATES
PODER JUDICIAL
CERRO LARGO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE RÍO BRANCO
SEGUNDO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Río Branco de 2° Turno, dictada en autos: "ALVIN SOCIEDAD ANONIMA C/ MUÑOZ LEDESMA, KAROL ROCIO. EJECUCION HIPOTECARIA Y JUICIO EJECUTIVO" IUE 616-29/2018, E D I C T O.- Por disposición del Sr. Juez Letrado de Segundo turno de Río Branco, en autos: "Alvin Sociedad Anónima C/ Muñoz Ledesma, Karol Rocio." IUE 616-29/2018, se hace saber que el día 16 de Julio del 2020 a las 14 horas, en puertas del Juzgado Letrado de Río Branco, sito en Virrey Arredondo 1054, el martillero Francisco Daleiro, matrícula 5738, sacará a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor; presidido por la Señora Alguacil de la Sede, los siguientes bienes que se describen: a) Una fracción de campo y demás mejoras que le aceden, ubicada en la tercera sección judicial y catastral del Departamento de Cerro Largo, zona rural, empadronada con el numero DIECISEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO (16385) antes padrón 2701 y antes 2643, que según el plano de mensura y fraccionamiento del agrimensor Marcos A Acuña Cuadrado inscripto en la dirección nacional de catastro, oficina delegada de Cerro Largo con el número 11947, el día 30 de Diciembre de 2008, se señala como fracción A, tiene una superficie de treinta hectáreas, nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres metros ( 30 HECTAREAS 9443 METROS) y se deslinda así: al Noroeste 696 metros 46 centímetros lindando con padrón 264; al Noreste 442 metros 51 centímetros lindando también con el padrón 2643; al Sureste 620 metros 19 centímetros lindando con el padrón 2642; y al suroeste 508 metros 13 centímetros lindando con fracción B del mismo plano; b) otra fracción de campo con las mejoras que acceden, con igual ubicación que la anterior, empadronada con el número DIECISEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS (P 16386), antes padrón 2701, que según plano citado se señala como fracción B, tiene una superficie de ciento diez hectáreas cuatro mil ochocientos cuarenta y siete metros (110 HECTAREAS 4847 METROS) y se deslinda así: al Noroeste 752 metros 51 centímetros lindando con padrón 3825; al Noreste línea de tres rectas que miden 508 metros 13 centímetros, 811 metros 69 centímetros y 165 metros 47 centímetros respectivamente, lindando la primera con la fracción A del mismo plano, la segunda con padrones 2642, 12056 y 12057, y la tercera con padrón 13628; sobre este lado soporta servidumbre de paso a favor de la fracción A; al Sureste 762 metros 45 centímetros con padrón 3736; y al Suroeste 1437 metros 16 centímetros con padrones 9595 y 2647 |SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30 % de la oferta en el acto de serle aceptada la misma en carácter de seña, tanto la seña como el precio se integrara conforme a lo establecido por la ley de inclusión financiera No 19210 .- 2) Que serán de cargo del comprador la comisión e impuestos del remate, así como los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone a su cargo, salvo aquellos que graven a los enajenantes.- 3) Se desconoce la existencia de construcciones y estado ocupacional de los bienes. 4) Como surgen del expediente existen deudas por contribución inmobiliaria y existen deuda de impuesto a primaria, los cuales serán de cargo de la ejecución -5) En los antecedentes del estudio dominal surge una compra venta de derechos hereditarios y posesorios por el padrón anterior 2643, encontrándose la titulación a disposición de los interesados los mismos 6) Surge del certificado registral de la propiedad inmobiliaria, inscripción 1729/2018, de servidumbre administrativa por el padrón 16385. 7) Que el plazo para consignar el saldo será de 20 días corridos contando a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por ferias judiciales ni por semana de turismo -8) Los bienes se encuentran libres de afectaciones mineras y no están comprendidos en el régimen del Instituto Nacional de Colonización.- 9) Los bienes se rematan en las condiciones en que se encuentran actualmente, que surgen del expediente, de los certificados regístrales agregados y en el estado que estén los títulos y planos de propiedad que están en la Sede a disposición de los interesados.- Rio Branco, 10 de junio de 2020 
 
Río Branco, 11 de junio de 2020.
CARLOS ARIEL DA SILVA GREQUE, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 7548 1/p 9138 Jun 16- Jun 16
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